BOAM nº 9771 (02/12/2024)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
4203
Resolución de 26 de noviembre de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se dispone dejar sin efecto las actuaciones relativas al nombramiento, como funcionario de carrera, del aspirante declarado aprobado en el proceso selectivo convocado para proveer, mediante el sistema de concurso, 1 plaza de la categoría de Encargado de Diversos Servicios, para la estabilización de empleo temporal de larga duración en el Ayuntamiento de Madrid.Por Resolución de 4 de noviembre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9258, de 7 de noviembre de 2022), fueron convocadas pruebas selectivas para la estabilización de empleo temporal de larga duración para proveer 1 plaza de la categoría de Encargado Diversos Oficios de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid.
Concluidas las pruebas selectivas, el Director General de Planificación de Recursos Humanos dispuso, por Resolución de 10 de octubre de 2024, proceder a rectificar el nombre de la categoría convocada que por error se había denominado Encargado Diversos Oficios por el correcto de Encargado Diversos Servicios y a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la relación de aprobados del proceso selectivo (BOAM núm. 9739, de 16 de octubre de 2024), otorgando al único aspirante aprobado un plazo de 20 días naturales para la presentación de los documentos relacionados en la resolución.
Una vez ha finalizado dicho plazo de presentación, se ha comprobado que D. Julián Jesús Garcia Arribas no dispone de la titulación requerida para ser nombrado funcionario de carrera en la categoría convocada, por lo que, en aplicación de lo establecido en la base número 10.2 de las bases por las que se rigen las convocatorias para la estabilización de empleo temporal de larga duración, aprobadas por Resolución de 11 de julio de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos, no puede ser nombrado funcionario de carrera.
Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para nombrar como personal funcionario de carrera y como personal laboral fijo, a propuesta del tribunal de selección, a quienes superen las correspondientes pruebas, así como adjudicar los destinos de los mismos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14.º 1.2 c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de Organización y Competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM núm. 172 de 21 de julio de 2023).
En su virtud,
RESUELVO
Dejar sin efectos las actuaciones relativas al nombramiento, como funcionario de carrera de la categoría de Encargado Diversos Servicios del Ayuntamiento de Madrid, del aspirante D. Julián Jesús García Arribas, al no acreditar poseer la titulación requerida en las bases, por lo que, en aplicación de lo establecido en la base número 10.2 de las bases por las que se rigen las convocatorias para la estabilización de empleo temporal de larga duración, aprobadas por Resolución de 11 de julio de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos, no puede ser nombrado funcionario de carrera.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2.º y 124 LPAC y 46 LJCA).
III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).
IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 26 de noviembre de 2024.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.