BOAM nº 8452 (01/08/2019)
Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social
1604
Resolución de 25 de julio de 2019 de la Directora General de Familias, Infancia, Educación y Juventud por la que se establece el calendario escolar para las escuelas infantiles municipales y las plazas sostenidas por el Ayuntamiento de Madrid en centros privados que impartan el primer ciclo de Educación Infantil para el curso escolar 2019-2020.El artículo 16.1 de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Escuelas Infantiles del Ayuntamiento de Madrid, establece que el Área de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid competente en materia educativa, fijará anualmente el calendario escolar para las Escuelas Infantiles Municipales, que estarán abiertas durante once meses al año, de septiembre a julio, ambos inclusive.
A tal fin, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, y con las competencias de la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud previstas en el artículo 8 apartado 1.2 a) y f) del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, competencias consistentes en establecer los criterios y disponer procurar los medios y recursos suficientes para conseguir una acción eficaz de los servicios a su cargo en materia educativa y planificar la red de escuelas infantiles,
RESUELVO
Primero.- Aprobar el calendario escolar para las Escuelas Infantiles titularidad del Ayuntamiento de Madrid, así como de las plazas sostenidas con fondos del Ayuntamiento de Madrid en centros privados que impartan el primer ciclo de educación infantil, para el curso 2019-2020.
Segundo.- Las actividades lectivas de las escuelas infantiles municipales comenzarán el día 6 de septiembre de 2019 y finalizarán el día 30 de julio de 2020.
Tercero.- Las vacaciones escolares de Navidad comprenderán desde el 21 de diciembre de 2019 hasta el 6 de enero de 2020, ambos inclusive. Las vacaciones de Semana Santa comprenderán desde el día 4 al 12 de abril de 2020, ambos inclusive. Las vacaciones de verano comprenderán desde el 31 de julio de 2020 hasta el día anterior al comienzo del curso 2020-2021.
Cuarto.- Para 2019 se establecen como festividades el 1 de noviembre y el 6 y 9 de diciembre. Para 2020 se establecen como festividades las que determine la Comunidad de Madrid para el año 2020 en el ejercicio de sus competencias, los días de fiesta de ámbito nacional no trasladables que se establezcan para el año 2020 y los días de fiesta local que se determinen para el municipio de Madrid.
Quinto.- La presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 25 de julio de 2019.- La Directora General de Familias, Infancia, Educación y Juventud, Sonia Moncada Bueno.