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BOAM nº 10017 (01/12/2025)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

4466

Decreto de 27 de noviembre de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se resuelve la convocatoria de la I edición (2025) de los premios a la reutilización de datos abiertos del Ayuntamiento de Madrid.

Según el apartado 3.º.1.9 del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, corresponde a la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias convocar y conceder subvenciones.

 

El apartado 13.º de la convocatoria designa como órgano instructor a la Dirección General de Transparencia y Calidad, que ha realizado de oficio cuantas actuaciones ha estimado necesarias para la determinación, el conocimiento y la comprobación de los datos según los cuales se formula la propuesta de concesión de los premios.

 

Se ha comprobado que todas las personas y entidades cumplen los requisitos necesarios para acceder a dichos premios, en los términos del apartado 5.º de la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.

 

A partir de la propuesta de la Dirección General de Transparencia y Calidad de 13 de noviembre de 2025, y de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y en el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la relación de solicitudes premiadas de la convocatoria pública de la I edición de premios a la reutilización de datos abiertos del Ayuntamiento de Madrid, por importe total de 15.000,00 euros, a las personas y entidades que figuran en el anexo I.

 

Este importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 001/120/920.06/482.03 "Premios", del programa "Fomento de la transparencia y mejora de la gestión", del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para la anualidad 2025.

 

SEGUNDO.- Aprobar la relación de solicitudes inadmitidas que aparece en el anexo II.

 

TERCERO.- Aprobar la relación de solicitudes desistidas, la cual figura en el anexo III.

 

CUARTO.Aprobar la relación de las solicitudes no premiadas, la cual figura en el anexo IV.

 

QUINTO.Disponer la publicación de este decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid. También se le dará publicidad a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

 

Si no está de acuerdo con este decreto, que finaliza la vía administrativa, puede presentar un recurso de reposición. Este recurso se presenta ante la delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Tiene un plazo de un mes. El plazo comienza el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. La presentación de este recurso es gratuita. 

 

El recurso de reposición se presenta según los artículos 30, 45, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP).

 

 También, y en lugar del recurso de reposición, puede presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente. Este recurso debe presentarse en un plazo de dos meses. El plazo empieza el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Para presentar este recurso, necesita la asistencia de un abogado/a.

 

El recurso contencioso-administrativo se presenta según el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Sin que ello afecte lo anterior, cualquier interesado puede presentar, si lo considera adecuado, otro recurso (artículo 40.2 de la LPACAP).

 

 Madrid, a 27 de noviembre de 2025.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.

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