Saltar navegación

BOAM nº 9649 (10/06/2024)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

1962

Acuerdo de 6 de junio de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se crea el Consejo Sectorial de Juventud de la Ciudad de Madrid.

El Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Sectorial de Juventud de la Ciudad de Madrid, de 28 de mayo de 2010, creó el Consejo Sectorial de Juventud de la Ciudad de Madrid, regulando su composición y funcionamiento, como órgano de participación ciudadana de carácter consultivo.

 

La Ordenanza 9/2022, de 28 de junio, de Derogación Normativa y de Modificación del Régimen Jurídico de los Consejos Sectoriales, derogó el citado reglamento, quedando la eficacia de dicha derogación diferida a la aprobación por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de un acuerdo de creación del nuevo consejo sectorial, o al 1 de abril de 2024, en caso de no realizarse dicha aprobación, según se indica en su disposición transitoria única.

 

A su vez, la Ordenanza 9/2022, de 28 de junio, modificó el capítulo I del título IV del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004 (en adelante, ROPC), en el que se regulan los consejos sectoriales en el Ayuntamiento de Madrid.

 

En particular, el artículo 55 ROPC, en su redacción dada por la Ordenanza 9/2022, de 28 de junio, establece los criterios generales de regulación de los consejos sectoriales, atribuye su creación en cada ámbito a un acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, así como la aprobación del contenido mínimo que debe incorporar dicho acuerdo y de las reglas de funcionamiento de los distintos consejos, en el marco de una regulación más flexible y dinámica, capaz de adaptarse a las políticas que el Ayuntamiento de Madrid considere necesario impulsar en cada momento.

 

El objeto del presente acuerdo es la creación del Consejo Sectorial de Juventud de la Ciudad de Madrid, al amparo de lo dispuesto en el artículo 55 ROPC, así como establecer su organización interna.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, a propuesta del titular del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 6 de junio de 2024

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Crear el Consejo Sectorial de Juventud de la Ciudad de Madrid y establecer su organización interna, que se inserta como anexo.

 

SEGUNDO.- Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.

 

TERCERO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad para dictar los decretos que sean necesarios para el desarrollo y la ejecución del presente acuerdo.

 

CUARTO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

QUINTO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.

 

Madrid, a 6 de junio de 2024.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

Subir Bajar