BOAM nº 8012 (16/10/2017)
Distrito de Moncloa-Aravaca
2209
Decreto de 28 de septiembre de 2017 de la Concejala Presidenta del Distrito de Moncloa-Aravaca por el que se aprueba la convocatoria del X Certamen de villancicos para los escolares de Educación Primaria, Secundaria y Bachillerato de todos los centros educativos del Distrito.PRIMERO.- Finalidad y justificación.
Las finalidades de los certámenes repercuten beneficiosamente en la estructura social del distrito y contribuye a satisfacer las necesidades de la comunidad vecinal, según se recoge, entre las competencias propias de los municipios, en el artículo 25 de la Ley de Bases en la redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, y en la Ley 1/2014, de 25 de julio, de adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid; encontrándose, las actividades municipales para la conciliación propuestas con su doble vertiente, social y educativa dentro de dichas competencias, y teniendo igualmente en cuenta la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid, que en su artículo 48 indica que se dará prioridad a la acción preventiva, fomentándose las actividades públicas y privadas que favorezcan la integración familiar y el uso creativo y socializador del tiempo libre, actuando especialmente sobre familias de alto riesgo.
La finalidad de esta convocatoria es, dentro del compromiso con el desarrollo de los valores educativos y sociales, fomentar el desarrollo de la creatividad, el sentido de equipo y el desarrollo de las habilidades interpretativas y, de manera concreta, las habilidades musicales y el trabajo en grupos corales.
La convocatoria de carácter anual del Certamen de Villancicos Moncloa-Aravaca está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, para el periodo 2016-2018, con una previsión presupuestaria, en concepto de dotación económica del premio, para el año 2017 de 1.300 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 001//29/326.01/482.03 "Colegios y Otros Centros Educativos. Premios".
Esta actividad responde, por tanto, a las líneas estratégicas planificadas a nivel presupuestario para el ejercicio 2017, en concreto dentro de la línea de subvención 5.10 a través del Objetivo 4: Favorecer iniciativas para el desarrollo del pensamiento y de la expresión creativa de los alumnos. Se persigue que, a través de la expresión artística y cultural, los jóvenes puedan interactuar, compartir su propia realidad y aprender de otros, impulsando su formación, la libre expresión y su desarrollo personal y grupal. La concesión del premio se realizará sobre la base de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos municipales.
SEGUNDO.- Objeto de la convocatoria.
El objeto de esta convocatoria es la realización de un certamen de villancicos para los escolares de Educación Primaria, Secundaria y Bachillerato de todos los centros educativos del distrito, en el que se concederán tres premios a las tres mejores interpretaciones ejecutadas por las corales de los colegios públicos del distrito que se inscriban.
TERCERO.- Régimen jurídico.
A la presente convocatoria le será de aplicación lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones (en adelante, LGS), en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la misma y la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y demás disposiciones que resulten de aplicación.
Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.
CUARTO.- Crédito presupuestario e importe del premio.
El gasto que comporta la presente convocatoria asciende a 1.300 euros imputables a la aplicación presupuestaria 001//209/326.01/482.03 "Servicios Complementarios de Educación. Premios".
Se concederán tres premios dotados con las cantidades siguientes:
- 1.º PREMIO: 600 euros.
- 2.º PREMIO: 400 euros.
- 3.º PREMIO: 300 euros.
La cuantía de cada uno de estos premios no podrá ser dividida en modo alguno. De igual modo, no podrá haber calificación de ex aequo en ninguno de los tres premios.
Todos los coros premiados, todos los participantes y todos los directores recibirán un diploma acreditativo. Igualmente, se otorgarán diplomas acreditativos a las actuaciones que, a juicio del jurado, hayan sido considerados como finalistas del concurso.
QUINTO.- Publicación de la convocatoria.
La publicación del extracto de esta convocatoria se realizará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, publicándose el texto íntegro de la misma en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es). Así mismo se podrá realizar una publicación adicional en la forma y por los medios que se establezcan por el órgano competente para realizar la convocatoria.
La publicidad de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
SEXTO.- Requisitos de los participantes.
Podrán participar grupos corales de centros educativos públicos, privados concertados y privados del Distrito de Moncloa-Aravaca, uno por centro, cuyos escolares estén cursando estudios de Educación Primaria, Secundaria y/o Bachillerato en el presente curso 2018-2019.
SÉPTIMO.- Requisitos de las obras que concurran al premio.
Los grupos corales estarán formados por un mínimo de 20 y un máximo de 50 voces.
Cada coral podrá participar con la interpretación de dos villancicos, libremente elegido.
El presente concurso se desarrollará durante las mañanas del 12, 13 y 14 de diciembre de 2017, días en los que el jurado visitará los colegios participantes para valorar las interpretaciones.
OCTAVO.- Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.
El órgano competente para la instrucción del procedimiento será el Coordinador de la Junta de Distrito de Moncloa-Aravaca.
El órgano competente para la resolución del procedimiento será la Concejala Presidenta de la Junta de Distrito de Moncloa-Aravaca.