BOAM nº 7706 (20/07/2016)
Distrito de Tetuán
1684
Decreto de 23 de junio de 2016 de la Concejala Presidenta del Distrito de Tetuán por el que se aprueban las Bases del I Concurso de Ideas para la ejecución de las propuestas presentadas por los vecinos en el proceso de los Presupuestos Participativos del Distrito.En virtud de las atribuciones que tengo conferidas por Delegación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, mediante acuerdo de fecha 29 de octubre de 2015, vengo en aprobar las siguientes bases:
El Distrito de Tetuán convoca el I Concurso de Ideas para la ejecución de las propuestas presentadas por los vecinos en el proceso de los Presupuestos Participativos del Distrito. La convocatoria de este concurso se realiza para dar respuesta a las iniciativas presentadas por los vecinos en el marco de los presupuestos participativos, y facilitar las iniciativas ciudadanas de forma que todas aquellos vecinos y vecinas puedan canalizar sus iniciativas para la mejora de zonas concretas del distrito que necesitan de una intervención pública para su mejora y adecuación a las necesidades e inquietudes vecinales.
El presente concurso de ideas contará con dos apartados independientes:
1. Rehabilitar la plaza de la Remonta.
2. Higienizar y humanizar la plaza del Canal de Isabel II.
Los interesados podrán optar por uno o los dos apartados.
El órgano instructor es el Coordinador del Distrito.
BASES GENERALES
1. Se convoca el Concurso de Ideas en los siguientes apartados: Rehabilitar la plaza de la Remonta e higienizar y humanizar la plaza del Canal de Isabel II.
2. Podrán participar en este concurso todas las personas físicas residentes en España, mayores de 16 años. Será necesario para acreditar tales circunstancias aportar fotocopia del DNI, NIE o tarjeta de residencia.
No podrán participar los miembros del jurado, ni empleados públicos o autoridades del distrito, así como familiares de estos hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad.
Los participantes deberán tener cumplida la edad exigida en la fecha de celebración del concurso.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 27 del reglamento que la desarrolla, no podrán concurrir las personas que cumpliendo los requisitos específicos de participación recogidos en las presente bases estén incursas en alguna de las causas enumeradas en las citadas disposiciones:
a. No encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
b. No encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.
c. No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
d. Tener pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos. Todo ello con independencia de que el requerimiento del artículo 70.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones -en adelante RGS- se hubiera realizado o no.
e. Estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante LGS, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.
3. El plazo de presentación de los trabajos se iniciará a partir de día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOAM, y finalizará el 02/09/2016, a las 14 horas. No se admitirán envíos por correo certificado, o cualquier otro medio distinto a la presentación en la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas del Distrito, calle Simancas, 6, 28029 Madrid.
4. Medidas para garantizar el anonimato:
i. Los trabajos se presentarán bajo LEMA, que deberá figurar en todos los documentos, de tal manera que estos se mantengan anónimos. Se adjuntará, pegado tras el primero de los paneles, un primer sobre sellado con el lema y seudónimo en su exterior, así como el apartado al que concursa, no pudiendo figurar en este sobre ningún dato que permita identificar al concursante.
ii. En el exterior de dicho sobre se indicará también, de forma clara, si, en el caso de no resultar premiado, el concursante prefiere mantener el anonimato tanto en la exposición pública de los trabajos presentados como en su posible publicación.
iii. En un segundo sobre o envoltorio cerrado (plica) se incorporará la ficha técnica compuesta por:
- Nombre y apellidos del concursante, su dirección postal completa, correo electrónico, teléfono, fotocopia del carné de identidad, seudónimo utilizado y apartado al que concursa.
- Declaración responsable del solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que este se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del RGS.
- Declaración responsable haciendo constar, bajo su responsabilidad, que no se halla incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la LGS, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Declaración responsable haciendo constar, bajo su responsabilidad, que no se halla incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la LGS, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Declaración responsable haciendo constar, bajo su responsabilidad, que no tiene pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos. Esta declaración se presentará únicamente en el caso de que la entidad haya sido beneficiaria de subvenciones de convocatorias anteriores.
En todas estas declaraciones, la entidad o persona física deberá dejar constancia de que dispone de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos.
Por el solo hecho de presentar la solicitud, las entidades solicitantes y los representantes legales de las mismas o persona física autorizan al Ayuntamiento de Madrid a utilizar los datos de carácter personal contenidos en la documentación aportada para los fines de valoración de las solicitudes y, caso de resultar beneficiarias, para el seguimiento y control de los premios. Los titulares de los datos podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que les atribuye la legislación de protección de datos (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y Reglamento de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre), ante la Coordinación del Distrito de Tetuán, calle Simancas, 6, 28029 Madrid.