BOAM nº 9728 (01/10/2024)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
3265
Decreto de 24 de septiembre de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias de resolución de la convocatoria pública de subvenciones del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias para el fomento del asociacionismo para las anualidades 2024 y 2025.Según dispone el apartado 3.º 1.9 del del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, corresponde a la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias convocar y conceder subvenciones.
El apartado 17 de las bases de la convocatoria designa como órgano instructor a la Dirección General de Participación Ciudadana, que ha realizado de oficio cuantas actuaciones ha estimado necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales se formula la propuesta de resolución de la subvención, habiéndose comprobado que todos los beneficiarios cumplen los requisitos necesarios para acceder a las subvenciones en los términos previstos en el apartado 39.4 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.
Asimismo, y a los efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el apartado segundo, letra C) del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se da aplicación a la previsión del artículo 219 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 13 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos, se indica que la propuesta de adjudicación se adecúa a la normativa aplicable.
En consecuencia, a la vista del informe propuesta de la Dirección General de Participación Ciudadana de 13 de agosto de 2024 incorporado al expediente de referencia, en aplicación de lo establecido en el apartado 21 de las bases de la convocatoria pública de subvenciones para el fomento del asociacionismo para las anualidades 2024 y 2025, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo de 30 de octubre de 2013 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, y en virtud del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias,
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar la concesión de subvenciones para la convocatoria pública de subvenciones para el fomento del asociacionismo para las anualidades 2024 y 2025, aprobada por Decreto de 4 de abril de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por un importe total de 3.500.000,00 euros, de los cuales 3.359.952,58 € corresponden a la modalidad de "Proyectos" a favor de las entidades que figuran en el anexo I y 140.047,42 € a la modalidad de "Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios" a favor de las entidades que figuran en el anexo II, con cargo a la aplicación 001/111/924.01/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro" del presupuesto municipal, conforme al siguiente desglose por cada uno de las modalidades que comprende la convocatoria:
a) 1.750.000,00 euros con cargo al presupuesto del Ayuntamiento de Madrid 2024, de los que 1.679.976,29 € corresponden a la modalidad de "Proyectos" y 70.023,71 € a la modalidad de "Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios".
b) 1.750.000,00 euros con cargo al presupuesto del Ayuntamiento de Madrid 2025, de los que 1.679.976,29 € corresponden a la modalidad de "Proyectos" y 70.023,71 € a la modalidad de "Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios".
SEGUNDO.- Desestimar las solicitudes de subvenciones de las entidades en la modalidad de "Proyectos" que figuran en el anexo III y en la modalidad de "Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios" que figuran en el anexo IV, por las causas que se indican en los mismos.
TERCERO.- Aprobar la relación ordenada de las solicitudes con una puntuación igual o superior a 40 puntos que, siendo subvencionables, no han obtenido subvención por haberse agotado el crédito, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración, que figura como anexo V al presente decreto.
CUARTO.- Disponer la publicación de este decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los apartados 30, 45, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, con arreglo a lo dispuesto en el apartado 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (apartado 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 24 de septiembre de 2024.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.
ANEXOS
- Anexo I-subvenciones concedidas-proyectos PDF, 157 Kbytes
- Anexo II-subvenciones concedidas-gastos funcionamiento PDF, 83 Kbytes
- Anexo III-solicitudes desestimadas-proyectos PDF, 73 Kbytes
- Anexo IV-solicitudes desestimadas-gastos funcionamiento PDF, 76 Kbytes
- Anexo V-solicitudes suplentes PDF, 32 Kbytes