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BOAM nº 8100 (23/02/2018)
Madrid Salud

447

Resolución de 19 de febrero de 2018 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por la que se hace pública la relación de solicitudes concedidas y denegadas, correspondientes a las ayudas asistenciales para trabajadores, jubilados y pensionistas del Organismo Autónomo Madrid Salud. Primer plazo. Año 2017.

Por Acuerdo de 21 de diciembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de la Comisión Técnica de Acción Social, en su sesión de fecha 2 de diciembre de 2018, que aprobó las bases generales de convocatoria de las ayudas de acción social para 2017 así como las bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social.

 

Conforme a la "Base Específica de la Ayuda Asistencial", esta ayuda puede solicitarla el personal en activo, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, así como el cónyuge e hijos incluidos en su unidad familiar, en los términos definidos en las bases generales.

 

Las Bases Generales de Acción Social en su artículo 4 regulan el procedimiento de tramitación y en cumplimiento del apartado 4 del mismo, corresponde publicar solicitudes concedidas y denegadas presentadas durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 15 de junio para facturas expedidas del 1 de enero al 31 de mayo de 2017 del primer plazo de la convocatoria.

 

En virtud de las facultades que me han sido conferidas por los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión ordinaria de fecha 19 de noviembre de 2004, esta Gerencia

 

RESUELVE

 

Primero.- Conceder las ayudas asistenciales solicitadas durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 15 de junio para facturas expedidas del 1 de enero al 31 de mayo de 2017 del primer plazo de la convocatoria por los trabajadores del Organismo Autónomo Madrid Salud que cumplen requisitos.

 

Segundo.- Denegar las ayudas asistenciales solicitadas durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 15 de junio para facturas expedidas del 1 de enero al 31 de mayo de 2017 del primer plazo de la convocatoria por los trabajadores del Organismo Autónomo Madrid Salud que no cumplen requisitos.

 

Tercero.- Publicar en el Tablón de Anuncios de Madrid Salud, avenida del Mediterráneo, 62, y en la intranet municipal Ayre la relación de solicitantes a los que se les han concedido y denegado ayudas asistenciales correspondientes al primer plazo de presentación, así como publicar en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid, extracto del anuncio.

 

Contra la expresada resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso ordinario de reposición con carácter potestativo, ante el mismo órgano que adoptó la resolución, en el término de un mes al ser este un acto expreso, contado a partir del día siguiente al de recibir esta notificación (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente

 

II.- El personal laboral una vez agotada la vía administrativa podrá formalizar la demanda en el plazo de dos meses ante el juzgado o la Sala competente. A la demanda se acompañará copia de la resolución denegatoria o documento acreditativo de la interposición o resolución del recurso administrativo, según proceda, uniendo copia de todo ello para la entidad demandada (artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, modificado por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 19 de febrero de 2018-.  El Gerente de Madrid Salud, Antonio Prieto Fernández.

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