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BOAM nº 9747 (28/10/2024)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

3658

Decreto de 18 de octubre de 2024 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas con tecnologías menos contaminantes, correspondiente a la anualidad 2024.

Las políticas y estrategias de calidad del aire y de cambio climático deben ser abordadas de forma coordinada desde todos los ámbitos públicos y privados con el fin de aunar esfuerzos y ampliar la coordinación para la reducción de emisiones a la atmósfera de la ciudad de Madrid, a la vez que conseguir una mayor eficacia en la aplicación de los fondos públicos.

 

La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, que tiene como uno de sus principios rectores el de cautela y acción preventiva, establece en el ámbito de la Administración Local, para los municipios de más de 100.000 habitantes y las aglomeraciones, determinadas obligaciones como la de elaborar planes y programas para los objetivos de calidad del aire y la de integrar las consideraciones relativas a la protección atmosférica en la planificación de las distintas políticas sectoriales. Dentro de las políticas de mejora ambiental, cabe destacar los planes y protocolos de calidad del aire y cambio climático, así como actuaciones normativas y de fomento dirigida a impulsar los sistemas menos contaminantes en los sectores con mayor contribución emisora.

 

Así, el Plan de Calidad del Aire y Cambio Climático, aprobado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid el 21 de septiembre de 2017, recoge un conjunto de 30 medidas; entre ellas, la medida 23 «Fomento de climatización eficiente de bajas emisiones» establece entre sus objetivos la eliminación del uso del carbón como combustible de calefacción y el impulso a la sustitución de calderas de gasóleo.

 

Para contribuir a la consecución de estos objetivos, la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental «Madrid 360», contempla el establecimiento de una línea de ayudas dirigida a impulsar la sustitución de instalaciones térmicas y de climatización por tecnologías más eficientes y menos contaminantes en el municipio de Madrid.

 

Estas políticas municipales se plasman igualmente en la Ordenanza 4/2021, de 30 de marzo, de calidad del aire y sostenibilidad (OCAS), que contempla entre las medidas de eficiencia energética y uso de las energías renovables la promoción de la sustitución de instalaciones térmicas por otras más eficientes sin emisiones de gases contaminantes producto de la combustión.

 

En consonancia con lo anterior, en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos para el periodo 2024-2027 (en adelante, PES), aprobado por la Junta de Gobierno el 18 de julio de 2024, se incluyó la actuación denominada «Convocatoria para la renovación de instalaciones térmicas con tecnologías menos contaminantes», encuadrada dentro del objetivo específico 35, denominado «Reducción de la emisión de gases contaminantes a través de la eficiencia energética del sector residencial y comercial».

 

En atención a los resultados de convocatorias de subvenciones en ámbitos similares tramitadas en las anualidades de 2021 y 2022, se ha considerado oportuno, focalizar los esfuerzos y recursos de la convocatoria en la renovación de las calderas de las instalaciones térmicas de los edificios que todavía emplean gasóleo como combustible, al ser el objetivo principal de reducción de emisiones en la edificación que contempla la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental «Madrid 360» una vez que el uso de carbón como combustible en ese tipo de instalaciones quedó prohibido por la OCAS.

 

En la tramitación de la última convocatoria se registró un incremento no esperado de la cuantía solicitada para las subvenciones de la convocatoria que hizo que antes de que transcurriera el primer mes de la apertura del plazo de presentación de solicitudes ya se hubieran recibido solicitudes por un importe superior al de los fondos disponibles. De esta forma, varias comunidades de propietarios, que habían acordado renovar su instalación de calefacción, podrían posponer o reconsiderar su decisión al no contar con un incentivo adecuado.

 

Por ese motivo se considera oportuno tramitar y aprobar una nueva convocatoria, prevista en el nuevo PES, para aprovechar la oportunidad de que estas comunidades de propietarios hayan adoptado la voluntad común de hacer un esfuerzo en la renovación de su instalación y conseguir que esa voluntad se materialice con la dotación de fondos que les permitan asumir la inversión. Además, también se incentivará la toma de decisión de otras comunidades de propietarios aprovechando el momento de la puesta en servicio de las instalaciones de calefacción, en el que afloran las carencias de las instalaciones obsoletas que se pretenden renovar.

 

En aquellos casos en que el beneficiario sea cualquier entidad que ejerza una actividad económica, las ayudas a tales beneficiarios estarán sometidas a los requisitos y límites establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, con el objeto de que estas ayudas sean compatibles con el mercado interior.

 

La gestión de esta línea de ayudas se realizará por la entidad colaboradora que ha resultado seleccionada por Decreto de 27 de diciembre de 2023 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, previa convocatoria del correspondiente procedimiento de concurrencia conforme a lo establecido en el artículo 16.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

De conformidad con la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y en el ejercicio de las competencias conferidas por el apartado 3.º 1.9 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, de fecha 29 de junio de 2023,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas con tecnologías menos contaminantes de la anualidad 2024, que se incorpora en el Anexo de este decreto.

 

SEGUNDO.- La concesión de subvención queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de su otorgamiento.

 

TERCERO.- El presente decreto surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de su publicación en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid y en la página web municipal (www.madrid.es).

 

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