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BOAM nº 10021 (05/12/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

4562

Resolución de 2 de diciembre de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se rectifica error material advertido en la Resolución de 24 de noviembre de 2025, por la que se resuelve el proceso selectivo convocado para proveer 77 plazas de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Bibliotecas y Archivos, de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid.

Por Resolución de 24 de noviembre de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 10.014, de 26 de noviembre de 2025), se resuelve el proceso selectivo y se dispone que por el órgano competente se proceda a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la relación de aprobados del proceso selectivo convocado para proveer 77 plazas de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Bibliotecas de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid.

 

Habiéndose advertido error material en la publicación del orden de cuatro aprobados, debe rectificarse la Resolución de 24 de noviembre de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 10.014, de 26 de noviembre de 2025), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Rectificar los errores advertidos en el orden de los aspirantes número 50 y 51, 62 y 63 del Anexo de la Resolución de 24 de noviembre de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 10.014, de 26 de noviembre de 2025), por la que se resuelve el proceso selectivo y se dispone que por el órgano competente se proceda a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la relación de aprobados del proceso selectivo convocado para proveer 77 plazas de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Bibliotecas y Archivos de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid, conforme al anuncio publicado en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid de fecha 20 de noviembre de 2025, por el que se resuelven los desempates entre aspirantes.

 

SEGUNDO.- Por el órgano competente se procede a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la relación de aspirantes con el orden correcto, incorporada como anexo a la presente resolución.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123, apartado 2.º, y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 2 de diciembre de 2025.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.

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