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BOAM nº 9398 (06/06/2023)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

1761

Resolución de 5 de junio de 2023 de la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se autoriza excepcionalmente la colocación de una franja diagonal con los colores del arco iris sobre la franja diagonal roja de las puertas delanteras de los vehículos taxi desde el 19 de junio al 2 de julio de 2023 con motivo de la celebración del Madrid Orgullo (MADO) 2023.

 Considerando el interés manifestado en la participación de la celebración del evento Madrid Orgullo (MADO) 2023 por las asociaciones representativas del sector del taxi.

 

Visto lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 25 de la vigente Ordenanza Reguladora del Taxi, en virtud de la cual "la colocación de cualquier otro distintivo, símbolo o adhesivo distinto a los autorizados en esta ordenanza requerirá la previa autorización municipal".

 

En uso de las atribuciones conferidas por el punto 13.º, apartado 1.2 b), del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (BOCM de 22 de julio),

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Con carácter excepcional, se autoriza la colocación en los vehículos taxi de una franja diagonal con los colores del arco iris sobre la franja diagonal roja a la que se refiere el artículo 25.1 de la Ordenanza Reguladora del Taxi desde el 19 de junio al 2 de julio de 2023, ambos inclusive, con motivo de la celebración del Madrid Orgullo (MADO) 2023.

 

En ningún caso se impedirá la correcta visibilidad del número de la licencia y del escudo oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

SEGUNDO.- La colocación de esta franja tiene carácter voluntario, siendo los titulares de las licencias responsables de su colocación y retirada y de devolver a su estado original las puertas afectadas una vez finalizado el periodo de exhibición autorizado.

 

TERCERO.- La presente resolución surtirá efectos desde la fecha en que se dicte, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la página web municipal (www.madrid.es).

 

CUARTO.- Contra la presente resolución podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

II. Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, conforme a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

III.Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente.

 

Madrid, a 5 de junio de 2023.- La Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, (P.S. Decreto de 10/05/2023), la Subdirectora General de Agentes de Movilidad, Virginia Torres Lirola.

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