BOAM nº 9413 (27/06/2023)
Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social
1922
Resolución de 15 de junio de 2023 de la Directora General de Familias, Infancia, Educación y Juventud por la que se establece el calendario escolar para las escuelas infantiles municipales para el curso escolar 2023/2024.El artículo 16.1 de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Escuelas Infantiles del Ayuntamiento de Madrid, establece que el área de gobierno del Ayuntamiento de Madrid competente en materia educativa, fijará anualmente el calendario escolar para las escuelas infantiles municipales, que estarán abiertas durante once meses al año, de septiembre a julio, ambos inclusive.
A tal fin, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, y con las competencias de la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud previstas en el artículo 8 apartado 1.2 a) y f) del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, competencias consistentes en establecer los criterios y disponer procurar los medios y recursos suficientes para conseguir una acción eficaz de los servicios a su cargo en materia educativa y planificar la red de escuelas infantiles,
RESUELVO
PRIMERO.- Aprobar el calendario escolar para las escuelas infantiles titularidad del Ayuntamiento de Madrid, para el curso 2023-2024.
SEGUNDO.- Las actividades lectivas de las escuelas infantiles municipales comenzarán el día 6 de septiembre de 2023 y finalizarán el día 31 de julio de 2024.
TERCERO.- Las vacaciones escolares de Navidad comprenderán desde el 23 de diciembre de 2023 hasta el 7 de enero de 2024, ambos inclusive. Las vacaciones de Semana Santa comprenderán desde el día 23 al 31 de marzo de 2024, ambos inclusive. Las vacaciones de verano comprenderán desde el 1 de agosto de 2024 hasta el día anterior al comienzo del curso 2024-2025.
CUARTO.- Para 2023 se establecen como festividades el 12 de octubre, 1 de noviembre y el 6 y 8 de diciembre. Asimismo, para 2023 se establecen como festividades las que determine la Comunidad de Madrid para el año 2023 en el ejercicio de sus competencias, los días de fiesta de ámbito nacional no trasladables que se establezcan para el año 2023 y los días de fiesta local que se determinen para el municipio de Madrid.
QUINTO.- Los días festivos para el año 2024, que serán establecidos con posterioridad a la firma y difusión de la presente orden, tendrán efecto sobre el curso 2023/2024. Dichos días festivos serán los siguientes: los que determine la Comunidad Autónoma de Madrid para el año 2024, en el ejercicio de sus competencias; los días de fiesta de ámbito nacional no trasladables que se establezcan para el año 2024 y los días de fiesta local que determine cada municipio para el año 2024 y así aparezcan publicados en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
SEXTO.- Otros días no lectivos. Serán no lectivos en las escuelas infantiles municipales los siguientes días:
13 de octubre de 2023, 7 de diciembre de 2023 y 3 de mayo de 2024.
SÉPTIMO.- La presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra la misma, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, o bien ser impugnado directamente ante el orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha indicada, todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la LPAC, y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Madrid, a 15 de junio de 2023.- La Directora General de Familias, Infancia, Educación y Juventud, Sonia Moncada Bueno.