BOAM nº 9851 (01/04/2025)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
1306
Resolución de 28 de marzo de 2025 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que se hace pública la relación de aspirantes que han superado el concurso-oposición del proceso selectivo convocado para la provisión de 37 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, a efectos de la integración en el subgrupo C1 de quienes ostentando la categoría de Policía pertenezcan al subgrupo C2, por el sistema de promoción interna independiente.Por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la provisión, por el sistema de promoción interna independiente, de 37 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, a efectos de la integración en el Subgrupo C1 de quienes ostentando la categoría de Policía pertenezcan al Subgrupo C2, se ha elevado propuesta de la relación de aspirantes que han superado el concurso-oposición del proceso selectivo convocado mediante Resolución del Coordinador General de Seguridad y Emergencias de fecha 25 de abril de 2024 (BOAM núm. 9.622, de 29 de abril), según se recoge en el Anexo que acompaña a la presente Resolución, habiendo superado el concurso-oposición, 10 aspirantes.
De conformidad con lo establecido en la base décima de las bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la promoción interna de personal funcionario, aprobadas por Resolución de 16 de octubre de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 8.753, de 21 de octubre de 2020), y con la base 8 de las específicas del proceso selectivo, aprobabas por Decreto de 10 de julio de 2023, de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 9.424, de 12 de julio de 2023), finalizado el proceso selectivo, el Tribunal publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid la relación de personas aprobadas, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación de cuatro cifras aleatorias del documento nacional de identidad y especificando las notas parciales de todas y cada una de las fases del proceso selectivo. Simultáneamente a su publicación, elevará la relación expresada al titular del órgano competente y se publicará en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid».
Corresponde al titular de la Coordinación General de Seguridad y Emergencias la competencia para resolver las convocatorias de selección del personal del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.º 1.1. del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
En virtud de lo anteriormente expuesto,
RESUELVO
PRIMERO.- Aprobar la relación de aspirantes que, de conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador, han superado el concurso-oposición del proceso selectivo convocado mediante Resolución del Coordinador General de Seguridad y Emergencias de fecha 25 de abril de 2024 (BOAM núm. 9.622, de 29 de abril), para la provisión, por el sistema de promoción interna independiente, de 37 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, a efectos de la integración en el Subgrupo C1 de quienes ostentando la categoría de Policía pertenezcan al Subgrupo C2, incorporada como Anexo a la presente resolución.
SEGUNDO.- A fin de proceder al nombramiento como funcionarios/as de carrera en la categoría de Policía Municipal, Subgrupo C1, se emplaza, únicamente, a los aspirantes que en la actualidad no se encuentren en servicio activo, para la presentación de la documentación acreditativa de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base 9 de las específicas, que a continuación se detalla, el próximo 31 de marzo de 2025, a las 09:00 horas, en las dependencias de la Subdirección General de Recursos Humanos de la Dirección General de la Policía Municipal, sita en la avenida Principal, n.º 6, 28011 Madrid:
a) Declaración jurada o promesa de no haber sufrido separación mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionariado en el que se hubiese producido la separación o inhabilitación (Anexo V).
b) Fotocopia y original del permiso de conducir de la clase B.
c) Declaración jurada en la que figure expresamente el compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley, para lo que será necesario haber cumplimentado la correspondiente declaración en la propia instancia de participación en el proceso selectivo (Anexo IV).
TERCERO.- Ordenar la publicación de la presente resolución, junto con el Anexo que la acompaña, en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2.º y 124 LPAC y 46 LJCA).
III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en cualquier momento a contar desde el día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto (artículo 124 LPACAP).
IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPACAP).
Madrid, a 28 de marzo de 2025.- El Coordinador General de Seguridad y Emergencias, Jesús Gil Martín.