Saltar navegación

BOAM nº 10021 (05/12/2025)
Madrid Salud

4566

Resolución de 1 de diciembre de 2025 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por la que se hacen público el requerimiento para subsanación o aporte de documentación del préstamo reintegrable, del Organismo Autónomo Madrid Salud, convocatoria año 2025.

En el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, número 8.307, de 2 de enero de 2019, se publicó el Acuerdo de 27 de diciembre de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, pro el que se aprueba el Acuerdo Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el período 2019-2022, actualmente vigente. En el artículo 43, que regula los "prestamos reintegrables" se establece los requisitos y la documentación que debe acompañarse.

 

Sin perjuicio de la custodia de los expedientes originales en la sede de la Gerencia del Organismo Autónomo Madrid Salud, avenida del Mediterráneo, 62, el personal municipal podrá consultar en la intranet municipal Ayre, en la sección "Ayre/Mi área personal/Mis ayudas" la información individual de la ayuda solicitada desde el día de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid; debiendo aportar la documentación complementaria a través exclusivamente de la intranet o la extranet municipal "Ayre".

 

El plazo de subsanación será de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento.

 

Transcurrido el plazo de subsanación sin que se aporte la documentación solicitada, se tendrán a las personas solicitantes por desistidas de su petición, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

En virtud de las facultades que me han sido conferidas por los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión ordinaria de fecha 19 de noviembre de 2004, esta Gerencia

 

RESUELVE

 

PRIMERO.- Requerir al personal municipal de Madrid Salud relacionado en el expediente para que subsane su solicitud o aporte la documentación indicada en cada caso.

 

SEGUNDO.- Hacer pública la adopción de esta resolución mediante su inserción en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal "Ayre/Área de actividades/Salud/Personas/Acción Social" En cumplimiento de la normativa sobre protección de datos, la información individualizada se podrá consultar en la ruta "Mi área personal/Mis ayudas".

 

TERCERO.- Otorgar un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en virtud de lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se les tendrá por desistidos en su petición.

 

CUARTO.- La presentación de la documentación requerida al personal municipal se realizará exclusivamente por vía telemática, en la intranet o extranet municipal, "Ayre/Mi área personal/Mis ayudas", en las que se incorporará la documentación justificativa requerida escaneada en formato digital (pdf, tiff, jpg).

 

Madrid, a 1 de diciembre de 2025.- El Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud, Antonio Prieto Fernández.

Subir Bajar