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BOAM nº 9882 (21/05/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

1992

Resolución de 19 de mayo de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se rectifica el error material advertido en la Resolución de 8 de mayo de 2025 por la que se dispone el nombramiento, como personal laboral fijo, de los aspirantes integrantes de la relación complementaria del proceso selectivo convocado para proveer, para la estabilización de empleo temporal, 2 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Promoción del Empleo (Formador/a Informática) de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid.

Por Resolución de 8 de mayo de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM número 9877, de 13 de mayo), se dispone el nombramiento, como personal laboral fijo, de la aspirante integrante de la relación complementaria del proceso selectivo convocado para proveer 2 plazas de la categoría de personal laboral fijo de Técnico/a Especialista Promoción de Empleo (Formador/a Informática) de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid.

 

Advertido error material en su apartado tercero y anexo, consistente en la incorrecta inclusión de una aspirante, en consecuencia debe corregirse el mismo, debiendo publicarse un nuevo anexo incorporando en su lugar a otra aspirante.

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según el cual las Administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos; y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14.º 1.2.c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM núm. 172, de 21 de julio de 2023)

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Rectificar el error material advertido en el apartado tercero de la Resolución de 8 de mayo de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM número 9877 de 13 de mayo), por la que se dispone el nombramiento, como personal laboral fijo, de los aspirantes integrantes de la relación complementaria de aprobados del proceso selectivo convocado para proveer 2 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Promoción de Empleo (Formador/a Informática) de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid, en el sentido de que debe eliminarse dicho apartado.

 

SEGUNDO.- Rectificar el error material en el anexo de la Resolución 8 de mayo de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos, consistente en la incorrecta inclusión de la aspirante, e incorporar en su posición a la aspirante Ana Isabel Jiménez Ferrero, debiendo publicarse un nuevo anexo.

 

TERCERO.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para adquirir la condición de funcionaria de carrera, la aspirante Ana Isabel Jiménez Ferrero deberá prestar acto de acatamiento de la Constitución, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas, y tomar posesión de su destino en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Transcurrido el plazo de un mes, si la aspirante no ha tomado posesión, perderá todos los derechos adquiridos durante el proceso selectivo, quedando anuladas todas sus actuaciones.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.c) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la disposición final tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 19 de mayo de 2025.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.

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