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BOAM nº 9908 (26/06/2025)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

2552

Resolución de 24 de junio de 2025 de la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se autoriza excepcionalmente la colocación de una franja diagonal con los colores del arcoíris sobre la franja diagonal roja de las puertas delanteras de los vehículos taxi, desde el 29 de junio al 6 de julio de 2025, con motivo de la celebración del Madrid Orgullo (MADO) 2025.

Considerando el interés manifestado en la participación de la celebración del evento Madrid Orgullo (MADO) 2025, por las asociaciones representativas del sector del taxi.

 

Visto lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 25 de la vigente Ordenanza Reguladora del Taxi en virtud del cual "La colocación de cualquier otro distintivo, símbolo o adhesivo distinto a los autorizados en esta Ordenanza requerirá la previa autorización municipal".

 

En uso de las atribuciones conferidas por el punto 14.º, apartado 1.2.b), del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad (BOCM de 21 de julio de 2023),

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Con carácter excepcional, se autoriza la colocación en los vehículos taxi de una franja diagonal con los colores del arco iris sobre la franja diagonal roja a la que se refiere el artículo 25.1 de la Ordenanza Reguladora del Taxi, desde el 29 de junio al 6 de julio de 2025, ambos inclusive, con motivo de la celebración del Madrid Orgullo (MADO) 2025.

 

En ningún caso se impedirá la correcta visibilidad del número de la licencia y del escudo oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

SEGUNDO.- La colocación de esta franja tiene carácter voluntario, siendo los titulares de las licencias responsables de su colocación y retirada, así como de devolver a su estado original las puertas afectadas una vez finalizado el periodo de exhibición autorizado.

 

TERCERO.- La presente resolución surtirá efectos desde la fecha en que se dicte, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la página web municipal (www.madrid.es).

 

CUARTO.- Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como por el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime pertinente.

 

Madrid, a 24 de junio de 2025.- La Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, Marta Alonso Anchuelo.

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