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BOAM nº 9475 (22/09/2023)
Alcaldía

2683

Decreto de 20 de septiembre de 2023 del Alcalde por el que se modifica el Decreto de 17 de junio de 2023, por el que se establece el número, denominación y competencias de las áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

Mediante Decreto de 17 de junio de 2023 del Alcalde se estableció el número, denominación y competencias de las áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

 

El presente decreto tiene por objeto modificar parcialmente aquel para atribuir la Oficina de Accesibilidad al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

Según dicho decreto, la Oficina de Accesibilidad queda comprendida entre las competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos. Con la finalidad de unificar en una misma área de gobierno la atención a la ciudadanía y la accesibilidad, al tratarse de materias directamente relacionadas, resulta preciso atribuir esta competencia al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, tendiendo con ello a una gestión más eficaz que permita una implementación ágil de las medidas encaminadas a mejorar la atención a la ciudadanía de una manera global.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.3.h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y el artículo 40 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004,

 

DISPONGO

 

Artículo único.- Modificación del Decreto de 17 de junio de 2023 del Alcalde por el que se establece el número, denominación y competencias de las áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

 

Se modifica el Decreto de 17 de junio de 2023 del Alcalde por el que se establece el número, denominación y competencias de las áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, en los términos en los que se indican a continuación:

 

En el artículo 2, se modifican los apartados 1 y 5, que quedan redactados en los siguientes términos:

 

"1. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias: las competencias ejecutivas en materia de portavocía de la Junta de Gobierno; secretaría de la Junta de Gobierno; dirección de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno; relaciones con el Pleno; medios de comunicación; atención a la ciudadanía; la Oficina de Accesibilidad; transparencia y calidad de los servicios; datos abiertos; protección de datos personales; sugerencias y reclamaciones; coordinación y desconcentración territorial; planes estratégicos de inversión territorial; coordinación y supervisión de las políticas municipales en los distritos; supervisión de los plenos de distrito; participación ciudadana; relaciones del Ayuntamiento de Madrid con la Federación Española de Municipios y Provincias y con la Federación Madrileña de Municipios; promoción de la salud y de la salud pública; drogodependencias; policía municipal; protección civil; SAMUR; bomberos y el Centro Integral de Formación de Seguridad y Emergencias.

 

Se adscriben a esta área el Organismo Autónomo Madrid Salud y la Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A.".

 

"5. Área de Gobierno de Obras y Equipamientos: le competen las competencias ejecutivas en materia de gestión del patrimonio municipal; obras en espacio público; mantenimiento de los equipamientos municipales y construcción de equipamientos.

 

Se adscribe a esta área la Sociedad de Economía Mixta Madrid Calle 30, S.A.".

 

Disposición final primera. Entrada en vigor.

 

El presente decreto surtirá efectos desde el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Disposición final segunda. Comunicación al Pleno.

 

Del presente decreto se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.

 

Madrid, a 20 de septiembre de 2023.- El Alcalde, José Luis Martínez-Almeida Navasqüés.

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