BOAM nº 10151 (19/06/2026)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
2356
Resolución de 17 de junio de 2026 del Director General de Programas y Actividades Culturales por la que se corrige el error detectado en la Resolución de 31 de mayo de 2026, por la que se formula la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a festivales y ferias 2026-2027, por tramitación anticipada del expediente.Detectado error en la Resolución de 31 de mayo de 2026 del Director General de Programas y Actividades Culturales por la que se formula la Propuesta de Resolución Definitiva de la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a festivales y ferias 2026-2027, por tramitación anticipada del expediente, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid con fecha 3 de junio de 2026, en virtud del artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
RESUELVO
PRIMERO.- Corregir el error aritmético en la Resolución de 31 de mayo de 2026 del Director General de Programas y Actividades Culturales por la que se formula la Propuesta de Resolución Definitiva de la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a festivales y ferias 2026-2027, por tramitación anticipada del expediente, aceptando la reformulación presentada por Cooperama-Unión de Cooperativas Madrileñas de Trabajo, de manera que:
Donde dice:
"QUINTO.- Admitir las reformulaciones presentadas por Asociación Casa Banchel UHA, Asociación Cultura Arte y Comunicación Acac, Asociación Cultural Artistas Y., Cine en Ruta, Associació Tantágora Serveis Culturals, Asociación de Compañías y Empresas de Danza-Emprendo Danza, Asociación Cultural Tarambana Espectáculos, Associació Cultural Modiband, Asociación Cultural Miralook, Asociación Another Way, Nigredo Espacio, Real No Real, Territorio Violeta, S.L, Asociación Mmmad, Asociación la Suculenta, Asociación Vecinal Carabanchel Distrito Cultural, Asociación Hablar en Arte, Paso a 2 Plataforma Coreográfica Asociación Cultural, Pasajes de Cine, Microteatro por Dinero, S.L, Asociación Bitácora, Osikan-Vivero de Creación e Imaginación Social, Asociación la Horizontal y Asociación Radio Relativa".
Debe decir:
"QUINTO.- Admitir las reformulaciones presentadas por Asociación Casa Banchel UHA, Asociación Cultura Arte y Comunicación Acac, Asociación Cultural Artistas Y., Cine en Ruta, Associació Tantágora Serveis Culturals, Asociación de Compañías y Empresas de Danza-Emprendo Danza, Asociación Cultural Tarambana Espectáculos, Associació Cultural Modiband, Asociación Cultural Miralook, Asociación Another Way, Nigredo Espacio, Real No Real, Territorio Violeta, S.L, Asociación Mmmad, Asociación la Suculenta, Asociación Vecinal Carabanchel Distrito Cultural, Asociación Hablar en Arte, Paso a 2 Plataforma Coreográfica Asociación Cultural, Pasajes de Cine, Microteatro por Dinero, S.L, Asociación Bitácora, Osikan-Vivero de Creación e Imaginación Social, Asociación la Horizontal y Asociación Radio Relativa, Cooperama-Unión de Cooperativas Madrileñas de Trabajo".
SEGUNDO.- Publicar la presente corrección de la propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es) del Ayuntamiento de Madrid en relación con el artículo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
TERCERO.- Conceder a Cooperama-Unión de Cooperativas Madrileñas de Trabajo un plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente a la publicación de la presente propuesta de resolución definitiva en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para presentar la documentación requerida por el artículo 19 de las bases de la convocatoria:
1. Aceptación o renuncia de la subvención. En caso de no comunicar la aceptación de la ayuda en el plazo señalado se entenderá aceptado por el solicitante el importe recogido en la propuesta de resolución definitiva.
2. Impreso T, alta de pago por transferencia salvo que se hubiera presentado con anterioridad. En caso de presentar impreso T se aportará certificado del banco en el que se indique el IBAN, el NIF y la razón social titular del mismo.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiese aportado la documentación citada en el punto 2 en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) firmado por la persona que represente legalmente a la entidad, se les tendrá por desistidos en su solicitud, previa resolución de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.
Madrid, a 17 de junio de 2026.- El Director General de Programas y Actividades Culturales, Rafael Cabrera Yagües.