BOAM nº 9827 (26/02/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
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Resolución de 21 de febrero de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se dispone que por el órgano competente se proceda a la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la incorporación de Carmen Dacil Peraza Urbieta a la relación de aprobados del proceso selectivo convocado para la estabilización de empleo temporal de larga duración de 238 plazas de funcionario de carrera de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas del Ayuntamiento de Madrid.Por Resolución de 30 de noviembre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9276, de 2 de diciembre de 2022), fueron convocadas pruebas selectivas para la estabilización de empleo temporal de larga duración para proveer 238 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid.
Mediante Resolución de 12 de noviembre de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos se dispone el nombramiento, como funcionarios/as de carrera, de los aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado para la estabilización de empleo temporal de larga duración de 238 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas del Ayuntamiento de Madrid (BOAM núm. 9761, de 18 de noviembre de 2024). En dicha resolución se deja sin efecto el nombramiento de Carmen Dacil Peraza Urbieta por no cumplir el requisito previsto en la base 3.1.b.
Por Resolución de 19 de febrero de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos se ha estimado el recurso interpuesto por Carmen Dacil Peraza Urbieta en el sentido de que debe ser incorporada a la relación de aprobados en la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas del Ayuntamiento de Madrid.
En consecuencia, debe procederse a la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de los destinos que le serán ofertados según las plazas que han resultado vacantes en el proceso selectivo, abriéndose el plazo para que la aspirante solicite destino.
Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14.º 1.2.b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM núm. 172, de 21 de julio de 2023),
RESUELVO
PRIMERO.- Incorporar a la relación de aprobados en la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas del Ayuntamiento de Madrid de las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 30 de noviembre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9276, de 2 de diciembre de 2022), para proveer 238 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas del Ayuntamiento de Madrid, a la aspirante Carmen Dacil Peraza Urbieta.
SEGUNDO.- Al objeto de ser nombrada funcionaria de carrera en la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas, de conformidad con lo previsto en el apartado 10 de las bases por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la estabilización de empleo temporal de larga duración, se dispone la publicación, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es), de los puestos a ofertar, conservándose el resto de actuaciones ya realizadas.
TERCERO.- La aspirante Carmen Dacil Peraza Urbieta deberá presentar dentro del plazo de diez naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid:
- Modelo de instancia normalizada denominada "ANEXO II. SOLICITUD DE ADJUDICACIÓN DE DESTINOS", que podrá descargarse de la web municipal, debidamente cumplimentada.
CUARTO.- El plazo para presentar la documentación señalada en el apartado anterior será de diez días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, por aplicación del artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2º y 124 LPAC y 46 LJCA).
III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).
IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 21 de febrero de 2025.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.