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BOAM nº 8776 (25/11/2020)
Distrito de Moncloa-Aravaca

2165

Decreto de 18 de noviembre de 2020 de la Concejala Presidenta del Distrito de Moncloa Aravaca por el que se aprueba la convocatoria del XXIII Certamen de Belenes Moncloa Aravaca 2020.

En virtud de las competencias delegadas en los Concejales Presidentes de Distrito por Acuerdo de 25 julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los Distritos (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 188, de 9 de agosto de 2019),

 

DISPONGO

 

PRIMERO: Autorizar el gasto de 1.300 € correspondientes a los premios del "XXIII Certamen de Belenes 2020" del Distrito de Moncloa-Aravaca, con cargo a la partida 001/209/326.01/482.03 "Servicios Complementarios de Educación. Premios" y con carácter previo a la aprobación de la convocatoria, de conformidad con el apartado 5.a) de la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30/10/2013.

 

SEGUNDO: Aprobar la Convocatoria del XXIII Certamen de Belenes 2020, del Distrito de Moncloa-Aravaca, conforme a las bases que se incluyen en el anexo y disponer su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con la disposición adicional primera de la citada ordenanza.

 

Bases del XXIII Certamen de Belenes del Distrito de Moncloa-Aravaca 2020

 

PRIMERO.- Objeto de la convocatoria.

 

El objeto de esta convocatoria es la realización de un certamen de belenes para los alumnos de Educación Primaria, Secundaria y Bachillerato de todos los centros educativos del distrito, en el que se concederán tres premios a las tres mejores obras confeccionadas por los colegios del distrito que se inscriban.

 

SEGUNDO.- Finalidad y justificación.

 

La finalidad del certamen repercute beneficiosamente en la estructura social del distrito y contribuye a satisfacer las necesidades de la comunidad vecinal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, encontrándose la actividad municipal propuesta, con su doble vertiente, social y educativa, dentro de las competencias municipales, y teniendo igualmente en cuenta la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid, que en su artículo 48 indica que se dará prioridad a la acción preventiva, fomentándose las actividades públicas y privadas que favorezcan la integración familiar y el uso creativo y socializador del tiempo libre, actuando especialmente sobre familias de alto riesgo.

La finalidad de esta convocatoria es, dentro del compromiso con el desarrollo de los valores educativos y sociales, fomentar el desarrollo de la creatividad, el sentido de equipo y el desarrollo de las habilidades artísticas.

La convocatoria de carácter anual del Certamen de Belenes del Distrito de Moncloa-Aravaca está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones para el periodo 2018-2020, Texto consolidado, aprobado el 20 de diciembre de 2018 por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público Social; Modificado por Decretos de 26 de marzo de 2019, de 11 de abril de 2019 y de 10 de mayo de 2019 del mismo Delegado; Modificado por Decreto de la Vicealcaldesa de 20 de julio de 2020. Cuenta con una previsión presupuestaria, en concepto de dotación económica del premio, para el año 2020, de 1.300 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 001/209/326.01/482.03 "Colegios y Otros Centros Educativos. Premios". Así, esta actividad responde a la línea de subvención 3: Apoyo al tejido cultural, educativo y deportivo y promoción de las acciones que se desarrollen en esos ámbitos.

La concesión del premio se realizará sobre la base de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos municipales.

 

TERCERO.- Régimen jurídico.

 

A la presente convocatoria le será de aplicación lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la misma (RGS), en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.

 

CUARTO.- Crédito presupuestario e importe del premio.

 

El gasto que comporta la presente convocatoria asciende a 1.300 euros imputables a la aplicación presupuestaria 001/209/326.01/482.03 "Servicios Complementarios de Educación. Premios".

Se concederán tres premios dotados con las cantidades siguientes:

- Primer premio: 600 euros.

Segundo premio: 400 euros.

Tercer premio: 300 euros.

La cuantía de cada uno de estos premios no podrá ser dividida en modo alguno y no podrán otorgarse ex aequo. Cualquiera de los premios podrá quedar desierto.

Todos los colegios participantes recibirán un diploma acreditativo. Igualmente, se otorgarán diplomas acreditativos a los belenes que, a juicio del jurado, hayan sido considerados como finalistas del concurso.

 

QUINTO.- Publicación de la convocatoria.

 

La publicación del extracto de esta convocatoria se realizará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, publicándose el texto íntegro de la misma en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es). Así mismo, se podrá realizar una publicación adicional en la forma y por los medios que se establezcan por el órgano competente para realizar la convocatoria.

La publicidad de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a) de la LGS.

 

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