BOAM nº 9872 (06/05/2025)
Distrito de Barajas
1776
Decreto de 5 de mayo de 2025 del Concejal Presidente del Distrito de Barajas por el que se aprueba la propuesta de mejora de la infraestructura de aparcamiento en la zona de influencia de la calle Aire del Distrito de Barajas mediante la creación de nuevas plazas.A la vista de la tramitación seguida en el presente expediente y atendiendo a los siguientes
HECHOS
PRIMERO.- En fecha 7 de abril de 2025 se aprobó por el Concejal Presidente del Distrito de Barajas el siguiente Decreto que se transcribe junto con los antecedentes de hecho que sirvieron de fundamentación:
"ÚNICO.- Incoar el expediente para establecer una nueva ordenación circulatoria de la calle del Aire de Madrid en el distrito de Barajas que mejore e incremente la seguridad vial y peatonal de la citada calle, consistente en la reserva de 55 nuevas plazas de aparcamiento, en banda de estacionamiento discontinúa, que abarque en la acera par desde los números 16 al 56 y en la acera impar desde la intersección con la c/ Valhondo hasta el número 9 de la calle del Aire, quedando la calle con un solo carril de circulación y un único sentido, de conformidad con el informe favorable de viabilidad de 12 de febrero de 2025 de la Subdirección General de Planificación de la Movilidad y Transportes, de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad.
Cuyos ANTECEDENTES DE HECHO fueron:
PRIMERO.- En el año 2020, la calle del Aire de Madrid pasó de tener doble sentido de circulación sin zonas reservadas para el aparcamiento vecinal, a tener un sentido único con banda de estacionamiento en línea. La modificación fue impulsada por la Policía Municipal con motivo de las quejas vecinales recibidas por estacionamientos indebidos que dificultaban la circulación simultánea en ambos sentidos y el tránsito de peatones por las aceras. La ejecución material se realizó por el Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. (Se incorpora como Anexo I: Informe de la Unidad de Análisis Vial y Urbano de la Dirección General de la Policía Municipal).
SEGUNDO.- La actuación municipal fue impugnada ante los tribunales y la Sentencia número 440/2022 de 26 de julio del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 29 de Madrid anuló la actuación municipal ordenando establecer el modelo originario de circulación de la calle, de doble sentido sin estacionamiento. Por un lado, la sentencia consideraba la nueva ordenación debidamente justificada:
"1.- La primera de las cuestiones deberá resolverse en sentido afirmativo. Así, consta en el expediente administrativo un informe técnico emitido por el Jefe de la Unidad de Análisis Vial y Urbano de fecha 2 de septiembre de 2020, un informe técnico del Departamento de Planificación de fecha 22 de septiembre de 2020, y un informe técnico del Jefe de Departamento Técnico de fecha 15 de octubre de 2020 en el que se contiene una completa justificación de las razones que llevaron a la modificación del sentido de circulación de la calle Aire, pasando de dos sentidos de circulación a dejar un único sentido de circulación, con entrada por la c/ Sotavento y salida a la c/ Valhondo, y con la finalidad de mejorar la seguridad vial y mejorar la movilidad peatonal y rodada así como aumentar la seguridad vial en la zona, pues el sentido inverso es más problemático por la menor visibilidad que tendrían los conductores al incorporarse a la c/ Sotavento debido al muro de la finca que hace esquina, y el delimitar mediante marcas viales una línea de estacionamiento del margen izquierdo de la calle Aire hasta el n.º 19 y desde este punto hasta la c/ Valhondo en el margen derecho, todo ello con el fin de maximizar el número de plazas de estacionamiento dado que este último tramo carece de vados y entradas a viviendas y dispone de capacidad para una decena de vehículos. Dicha justificación (con la finalidad de mejorar la seguridad vial y mejorar la movilidad peatonal y rodada así como aumentar la seguridad vial en la zona -páginas 3 y 4 del expediente administrativo-) ha de considerarse suficiente a los efectos de dar una motivación concreta que impida que la potestad discrecional de la Administración en la elección del cambio en la ordenación viaria se convirtiera en la arbitrariedad denunciada por la parte demandante".
Sin embargo, la sentencia del Juzgado estimó la alegación que decía que "la variación en el sentido de la calle, en la que existía una reserva de plazas de estacionamiento frente al vado delgaraje del actor, no había venido precedida de un trámite de información pública, ni de lapertinente audiencia de los interesados, ni siquiera de acto administrativo alguno que así loacordase". La Sentencia anulaba por tanto la actuación y ordenaba la remoción de los obstáculos e impedimentos que imposibilitaban el libre acceso y salida del vehículo del actor a su garaje.
La Sentencia del Juzgado fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en Sentencia de 25 de septiembre de 2023.
TERCERO.- De acuerdo con las sentencias citadas, la calle del Aire es actualmente de doble sentido sin plazas de estacionamiento. Al restablecerse la situación anterior, se han vuelto a generar quejas vecinales, que exigen llevar a cabo las actuaciones necesarias para la implantación de la actuación anulada, la cual se encontraba suficientemente motivada y justificada tal y como se reconoció en sede judicial.
La demanda vecinal de espacios de estacionamiento se ha visto intensificada por la apertura de la Piscina Municipal en la calle Mistral, que implica un incremento de la demanda de zonas de aparcamiento en el entorno afectado para dar cobertura/respuesta a las nuevas necesidades de estacionamiento surgidas. La reserva de un total de 55 nuevas plazas aparcamiento, en banda de estacionamiento, conlleva necesariamente la variación del sentido de la calle, lo que a su vez supone un incremento de la seguridad vial y peatonal puesto que implica la homogeneización de la circulación de la citada calle con el resto de calles aledañas, estableciendo un flujograma de circulación similar en todas ellas (con un único sentido de circulación).
CUARTO.- Con fecha 02 de diciembre de 2024, el Concejal Presidente del Distrito de Barajas propone una nueva ordenación circulatoria de la calle del Aire, basada en los motivos y fundamentaciones anteriormente expuestos, es decir, garantizar la reserva de aparcamiento en atención a la demanda generada así como mejorar e incrementar la seguridad vial y peatonal de la citada calle. La propuesta consiste en establecer una banda de estacionamiento discontinúa, que abarque en la acera par desde los números 16 al 56 y en la acera impar, desde la intersección con la c/ Valhondo hasta el número 9 de la calle del Aire, quedando la calle con un solo carril de circulación.
Esta propuesta guarda completa coherencia con el contenido de la Sentencia número 440/2022 de 26 de julio del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 29 de Madrid, en el sentido de que hace desaparecer los obstáculos e impedimentos que imposibilitaban el libre acceso y salida del vehículo del actor a su garaje, mediante la colocación de señales verticales u horizontales en la acera frente a su vado de forma que se impida la parada y el estacionamiento en un área equivalente al tamaño del vado.