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BOAM nº 10244 (29/10/2026)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

4109

Decreto de 23 de octubre de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se concede el Premio de Poesía Francisco de Quevedo en su edición de 2026.

Por Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte de 18 de febrero de 2026, se aprobó la convocatoria del Premio de Poesía Francisco de Quevedo en su edición de 2026.

 

En el apartado quinto de la convocatoria se señala que el fallo del premio corresponderá a un jurado designado por la Delegada del Área de Gobierno Cultura, Turismo y Deporte. Este jurado fue designado por Decreto de 1 de julio de 2026 y, bajo la presidencia del Director General de Bibliotecas, Archivos y Museos, se reunió el 6 de octubre de 2026 a las 10 horas para emitir su fallo.

 

En vista de lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, en virtud de las facultades que me han sido delegadas por el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, y vista la propuesta de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos de 16 de octubre de 2026, así como el informe favorable de la Intervención Delegada emitido con fecha 21 de octubre 2026

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Conceder el Premio de Poesía Francisco de Quevedo, en su edición de 2026, con una dotación económica de 10.000 euros, a Abrahan Moises Gragera López, con DNI ***9612**, por su obra La domesticación, editada por Pre-Textos. El importe de este premio se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 2026/001/130/332.10/482.03 "Premios".

 

SEGUNDO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer los recursos que se indican a continuación:

 

1.- Recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó el decreto en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos, a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la presente resolución. Artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

 

2.- Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 23 de octubre de 2026.- La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.

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