BOAM nº 8529 (22/11/2019)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
2204
Resolución de 21 de noviembre de 2019 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación de la propuesta de resolución provisional de beneficiarios y solicitantes excluidos de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a ayudas a la creación contemporánea y a la movilidad nacional e internacional 2019.Una vez emitido informe por la Comisión de Valoración de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la creación contemporánea y a la movilidad nacional e internacional 2019, con la relación provisional de beneficiarios y solicitantes excluidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la correspondiente convocatoria y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, y en virtud de las facultades que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,
RESUELVO
Ordenar la publicación oficial de la propuesta de resolución provisional formulada por la Directora General de Programas y Actividades Culturales, de fecha 21 de noviembre de 2019, con el siguiente contenido:
"PRIMERO.- Proponer la resolución provisional de beneficiarios (Anexo I) y la de solicitantes excluidos (Anexo II), con indicación de los motivos de exclusión, de la convocatoria de subvenciones destinadas a la creación contemporánea y a la movilidad nacional e internacional 2019.
La presente propuesta de resolución no crea derecho alguno frente a la Administración a favor de los beneficiarios propuestos, como establece el artículo 16.2 de las bases de la convocatoria.
SEGUNDO.- Los beneficiarios propuestos deberán comunicar, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se publique la presente propuesta en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, su aceptación o renuncia a la propuesta efectuada, aportando, asimismo en caso de aceptación, la documentación establecida en el artículo 18 de las bases que regulan la convocatoria.
En el caso de que el importe de la subvención indicado en la resolución provisional sea inferior al de la solicitud presentada, el beneficiario, con la aceptación de la subvención, podrá presentar la reformulación de su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable, debiendo identificar, de entre las actuaciones propuestas, aquellas cuyo compromiso mantiene y que serán objeto de subvención. En tal caso, aportará con la aceptación la subvención y la reformulación de la solicitud, la documentación establecida en el artículo 18 de las bases que regulan la convocatoria.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiese cumplimentado la documentación citada, se les tendrá por desistidos en su solicitud, previa resolución de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.
TERCERO.- Conceder un plazo de 10 días hábiles, a contar a partir del siguiente a la publicación de la presente propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para presentar alegaciones.
CUARTO.- Publicar la presente propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es) del Ayuntamiento de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 16.1 de las bases de la convocatoria, en relación con el artículo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".
Madrid, a 21 de noviembre de 2019.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, María Carmen González Fernández.