BOAM nº 9886 (27/05/2025)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
2092
Resolución de 22 de mayo de 2025 del Director General de Policía Municipal por la que se convoca concurso de provisión normal de puestos de trabajo en distintas Comisarías/Secciones y turnos, para funcionarios/as de carrera de la categoría de Oficial PM del Cuerpo de Policía Municipal PN-PM 03/2025.De conformidad con lo establecido en los artículos 48.4 y 49 del Reglamento para el Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, y en uso de las atribuciones conferidas por el apartado 15.1.3 b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 9.149, de 5 de julio de 2023),
RESUELVO
PRIMERO.- Convocar concurso para la provisión normal de puestos de trabajo de Oficial PM, de carácter operativo, en distintas Comisarías/Secciones y turnos del Cuerpo de Policía Municipal, según se describen en el Anexo I.
SEGUNDO.- Condiciones y requisitos generales de participación.
2.1. Podrán obtener puestos de trabajo en este concurso el personal funcionario de carrera del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, así como el de otras Administraciones públicas que ya se encuentren prestando servicios en el Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, de las categorías de Oficial PM y Oficial a extinguir PM, cualquiera que sea su situación administrativa, a excepción de la suspensión de funciones, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la presente convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
El personal funcionario procedente de la situación de suspensión en firme deberá haber cumplido el periodo de suspensión en la fecha indicada.
Para el personal funcionario procedente de la situación administrativa de excedencia voluntaria regulada por el artículo 29.3 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y en el artículo 89.1 apartados a) y b) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por RD Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la solicitud de participación en el concurso equivale en sí misma a la solicitud de reingreso.
El personal funcionario en excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar, y el que se encuentre en situación de servicio en otras Administraciones Públicas sólo podrá participar si lleva más de dos años en dicha situación el día de la terminación del plazo de presentación.
2.2. El personal funcionario de carrera del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid que participen en la presente convocatoria deberán actualmente ocupar un puesto de carácter operativo y poseer el arma reglamentaria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, manteniendo dichos requisitos hasta la resolución del procedimiento.
2.3. Además de los requisitos descritos en los puntos anteriores, las personas interesadas podrán participar si a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han permanecido dos años como mínimo en el último destino obtenido de forma voluntaria con carácter definitivo (artículo 52.1 del Reglamento para el Cuerpo de Policía Municipal).
TERCERO.- Presentación de solicitudes.
Podrán solicitarse cuantos destinos se incluyen en la presente convocatoria, tanto vacantes como posibles resultas, siempre que se reúnan los requisitos y condiciones exigidas. Las resultas corresponden a destinos que actualmente se encuentran ocupados pero que pueden quedar vacantes por resultar adjudicatarios/as sus titulares en la resolución de este concurso.
a) Las personas interesadas que estén prestando servicios en el Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid presentarán una única solicitud a través del módulo "Mi Área Personal/Solicitudes Vacantes/Convocatorias de Provisión" de la aplicación de Policía Municipal SIGIR, indicando el orden de preferencia de adjudicación de los destinos a los que se opta.
Las personas funcionarias que durante el plazo habilitado para la presentación de solicitudes quisieran modificar en todo o en parte la solicitud de participación presentada a esta convocatoria, podrán dar de alta una nueva solicitud siempre que previamente se proceda a la anulación o renuncia de la anterior a través de la misma aplicación.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, no podrán realizarse modificaciones en las peticiones formuladas, pudiendo únicamente instar a su anulación completa, que deberá efectuarse mediante informe que se tramitará a través de Registro Único y se dirigirá a la Subdirección General de Recursos Humanos de esta Dirección General. Esta renuncia total sólo será válida si la fecha y hora de Registro Único es anterior a la firma de la resolución de adjudicación de esta convocatoria. Para ello, la persona interesada deberá responsabilizarse de requerir en su correspondiente Comisaría/Sección el número de Registro Único y hora de tramitación del documento presentado, de forma que le quede debidamente acreditada la presentación en tiempo y forma.
b) Aquellas personas interesadas que no se encuentren en servicio activo en el Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid pueden presentar las solicitudes según el modelo que se adjunta como Anexo II, dirigidas a la Dirección General de Policía Municipal, a través de registro electrónico, preferentemente a través de la sede electrónica del Registro General del Ayuntamiento de Madrid, así como en los restantes registros electrónicos de cualquier Administración pública. En este caso, deberán adelantar la solicitud, debidamente escaneada, a la dirección de correo provisionyseleccion@madrid.es en el plazo de presentación de solicitudes en el que conste la fecha y número de registro.
El personal funcionario del Cuerpo de Policía Municipal que se encuentre en situación de "Servicio en otras Administraciones Públicas" y participen en la presente convocatoria, deberán acompañar a sus solicitudes certificado de servicios prestados en la Administración desde la que participen a los efectos establecidos en el artículo 88 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por R.D. Legislativo 5/2015 de 30 de octubre.
CUARTO.- Plazos.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a computar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid».