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BOAM nº 8802 (11/01/2021)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal

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Resolución de 29 de diciembre de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se da publicidad al Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para el año 2021.

En la sesión de 17 de diciembre de 2020, la Comisión General de Formación aprobó el Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para 2021 con el apoyo mayoritario de las organizaciones sindicales.

 

El Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid es el instrumento que, en cumplimiento de los compromisos adquiridos en el capítulo X del Acuerdo Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022, y con una participación sindical activa tanto en su elaboración como en su ejecución, prevé, con carácter anual, las actividades formativas dirigidas a sus empleados/as públicos. La gestión del plan se lleva a cabo por la Escuela de Formación del Ayuntamiento de Madrid (en adelante, EFAM).

 

El Plan de Formación para 2021 tiene como objetivo prioritario mantener una formación de calidad para todo el personal al servicio del Ayuntamiento, que fomente las competencias profesionales en la sociedad actual caracterizada por la transformación tecnológica.

 

En el marco del Plan Operativo de Gobierno para el mandato 2019-2023, este plan de formación continúa la línea marcada por la Estrategia de transformación de la gestión de recursos humanos del Ayuntamiento de Madrid 2020-2023, y se configura, dentro del proyecto Madrid Talento, como el instrumento a través del cual se pretende potenciar el talento interno de la organización municipal, de su personal. Todo ello implica lo siguiente:

 

1. Potenciación de la formación gerencial y del aprendizaje de idiomas.

2. Incremento de actividades formativas destinadas no solo a aplicaciones informáticas, sino también al desarrollo de competencias digitales.

3. Inclusión de actividades de acogida al nuevo personal.

4. Inclusión de itinerarios formativos.

5. Potenciación de la formación del personal en los procesos de promoción interna.

 

Asimismo, el plan se adapta a los previsto en el Acuerdo de 8 de septiembre de 2020 de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos de criterios para la prestación de servicios en régimen de teletrabajo en el Ayuntamiento de Madrid, que destaca, en su apartado 3, la necesidad de formación del personal para realizar sus tareas en régimen de teletrabajo, y dispone que la EFAM procurará y apoyará esta formación.

 

Todo ello, fomentado por las medidas de adaptación a la actual situación sociosanitaria, genera una creciente necesidad de seguir fortaleciendo la Escuela Virtual mediante el incremento de la oferta formativa en línea, que permita la adquisición de conocimientos y competencias profesionales a los empleados/as municipales a través del uso de las tecnologías.

 

Por otra parte, el plan persigue fortalecer las actividades formativas con valores de inclusión fomentando la formación dirigida a las personas con discapacidad intelectual, así como mejorar la capacitación del personal interino con carácter previo a su incorporación con objeto de reducir la curva de aprendizaje necesaria para el ejercicio de sus funciones.

 

El presupuesto previsto para el año 2021 es de 1.708.544 euros que, en cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo Convenio, se incrementa en 16.223,24 euros respecto a 2020, al haberse aplicado el 1% de aumento.

 

Por tanto, la calidad, la profesionalidad, el desarrollo del talento, la innovación y la adaptación al cambio siguen guiando la política de formación que el Ayuntamiento de Madrid viene desarrollando en los últimos años a través de la EFAM.

 

La presente resolución da publicidad al Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para 2021 que se recoge en el Anexo VI.

 

Asimismo, se prevén los siguientes anexos que contienen las reglas de gestión del plan: criterios de admisión y selección de alumnos/as y de asignación de formadores/as (Anexo I), el régimen de asistencia a las actividades formativas (Anexo II), el régimen de obtención de los certificados de asistencia, participación y aprovechamiento (Anexo III), las reglas de compensación horaria (Anexo IV) y el tiempo para los desplazamientos motivados por la realización de actividades formativas (Anexo V).

 

Este plan permanecerá abierto y dinámico durante su ejecución, por lo que, a través de la continua colaboración entre los agentes implicados y la EFAM, permitirá la incorporación de nuevas actividades formativas y la modificación de las existentes, como parte del proceso de mejora y adaptación necesarias entre la formación a impartir y las necesidades formativas reales de los empleados/as municipales.

 

En su virtud, de conformidad con el apartado 11º.1.5 a) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, que atribuye a la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la planificación de la política de formación del Ayuntamiento de Madrid para empleados/as públicos/as y personal directivo, y el apartado 11º.1.5 b), que le atribuye la ejecución de los planes y programas de formación de los empleados/as y directivos/as del Ayuntamiento de Madrid, sin perjuicio de las competencias atribuidas en esta materia al Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias,

 

RESUELVO

 

1. Publicidad y contenido del Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid de 2021.

1.1. La presente resolución da publicidad al Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid de 2021 (en adelante, el Plan de Formación), incorporando los criterios de admisión y selección de alumnos/as y de asignación de formadores/as (Anexo I), el régimen de asistencia a las actividades formativas (Anexo II), el régimen de obtención de los certificados de asistencia, participación y aprovechamiento (Anexo III), las reglas de compensación horaria (Anexo IV) y el tiempo para los desplazamientos motivados por la realización de actividades formativas (Anexo V).

1.2. El contenido del Plan de Formación se adjunta como Anexo VI de la presente resolución.

 

2. Clases de actividades formativas e itinerarios formativos.

2.1. Las actividades formativas incluidas en el Plan de Formación se clasifican en distintas categorías en función de su modalidad de enseñanza, finalidad, duración y contenido.

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