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BOAM nº 10006 (14/11/2025)
Distrito de Moncloa-Aravaca

4202

Decreto de 12 de noviembre de 2025 del Concejal Presidente del Distrito de Moncloa-Aravaca por el que se conceden los premios del V Concurso de Fotografía “Moncloa-Aravaca” del Distrito de Moncloa-Aravaca 2025.

El Concejal Presidente del Distrito de Moncloa-Aravaca, en ejercicio de las competencias delegadas por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en los Concejales-Presidentes de los Distritos, por Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los distritos (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 9.421, de 7 de julio de 2023) ha adoptado, con fecha 12 de noviembre de 2025, el siguiente

 

DECRETO

 

"PRIMERO: Conceder el Primer Premio del V Concurso de Fotografía "Moncloa-Aravaca" 2025, dotado con 1.500 € a D. Gonzalo Fernández Jaraiz, con NIF núm. ***6266**.

 

SEGUNDO: Conceder el Segundo Premio del V Concurso de Fotografía "Moncloa-Aravaca" 2025, dotado con 1.000 € a D. Marcos García Casalderrey, con NIF núm. ***1230**.

 

TERCERO: Conceder el Tercer Premio del V Concurso de Fotografía "Moncloa-Aravaca" 2025, dotado con 500 € a D. César Rodríguez Pérez, con NIF núm. ***6524**.

 

CUARTO: Disponer el gasto de 3.000 € correspondientes a los premios del V Concurso de Fotografía "Moncloa-Aravaca" 2025, con cargo a la partida 482.03 "Transferencias corrientes. Premios" del programa 334.01 Actividades Culturales".

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1.º Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

2.º Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

3.º Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 12 de noviembre de 2025.- El Concejal Presidente del Distrito de Moncloa-Aravaca, Francisco de Borja Fanjul Fernández-Pita.

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