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BOAM nº 9813 (06/02/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

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Resolución de 3 de febrero de 2025 del Director General de Función Pública de concesión de ayudas a la promoción interna del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2024.

En el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 2 de enero de 2019 se publicó el Acuerdo de 27 de diciembre de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba el Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el período 2019-2022, actualmente vigente, que establece en el artículo 38 que la ayuda a la promoción interna del personal consistirá en el abono de una ayuda económica destinada a compensar, en parte, los gastos derivados de la preparación de procesos de promoción interna del personal.

 

Podrán solicitar esta ayuda los empleados o las empleadas municipales a que se refiere el artículo 27.1 de este Acuerdo-Convenio. Para generar el derecho a esta ayuda se estará a los términos exigidos en las bases de la convocatoria, si bien, en cualquier caso, será requisito indispensable haber presentado la solicitud de admisión a las pruebas selectivas y el abono, en su caso, de las tasas, así como la factura emitida por un centro de preparación de la prueba selectiva correspondiente. El personal con nombramiento o contratos temporales no podrá beneficiarse de esta ayuda.

 

Por su parte, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 27 de noviembre de 2023 se publicó el Acuerdo de 23 de noviembre de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueban las bases generales de convocatoria de las ayudas de acción social para 2024 y las bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social. Las bases específicas que regulan la ayuda de promoción interna del personal establecen los requisitos y condiciones objeto de la ayuda, la documentación que debe acompañarse, y las incompatibilidades específicas.

 

Mediante Resolución de 11 de octubre de 2024 del Director General de Función Pública, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el 16 de octubre de 2024 y en la intranet municipal Ayre, se requirió al personal municipal la subsanación o aportación de documentación en la ayuda a la promoción interna del personal, convocatoria 2024. Asimismo, mediante Resolución del Director General de Función Pública de 9 de diciembre de 2024 se requirió individualmente a una serie de solicitantes de la citada ayuda para que aportasen como documentación adicional complementaria el Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) del emisor de la factura.

 

Transcurrido el plazo legalmente establecido para la subsanación, se comprueba que las solicitudes y documentación aportada por las personas solicitantes de la ayuda a la promoción interna del personal, convocatoria 2024, relacionadas en el Anexo al presente expediente cumplen los requisitos establecidos para su concesión, por el concepto e importe individual indicado en el expediente.

 

Asimismo, se ha comprobado la identidad sustancial de los expedientes individuales de solicitud de ayuda a la promoción interna del personal, convocatoria 2024, requeridos adicionalmente, por lo que, en aplicación del artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su acumulación.

 

Sin perjuicio de la custodia del expediente original en la sede de la Dirección General de Función Pública, calle Bustamante, 16, 28045 Madrid, órgano gestor de acción social del Ayuntamiento de Madrid, cada solicitante podrá consultar la información individual de la ayuda solicitada desde el día de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid en la aplicación de acción social accediendo a través de la intranet municipal Ayre.

 

La persona solicitante que hubiera cesado y haya dejado de formar parte de la organización del Ayuntamiento de Madrid o sus Organismos Autónomos, o se encontrara en situación administrativa de servicios especiales, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar, servicio en otras Administraciones Públicas, suspensión de funciones o excedencia voluntaria por situación de servicio activo en otro Cuerpo o Escala de cualquiera de las Administraciones Públicas podrá acceder a la aplicación de acción social identificándose electrónicamente en https://exempleado.madrid.es.

 

El órgano gestor de las ayudas de acción social podrá requerir a las personas beneficiarias los documentos originales justificativos de las ayudas.

 

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en los apartados 16.º 1.3.c) y 16.2.1 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, previo informe de conformidad emitido por la Intervención Delegada en Recursos Humanos

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Acumular los expedientes individuales de concesión de la ayuda a la promoción interna del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2024, requeridos adicionalmente, dada su identidad sustancial.

 

SEGUNDO.- Conceder las ayudas a la promoción interna del personal del Ayuntamiento de Madrid, por los importes determinados en cada caso, a las personas solicitantes relacionadas en el presente expediente por cumplir los requisitos exigidos.

 

TERCERO.- Imputar el gasto derivado de la concesión de las citadas ayudas por importe de 1.500 €, que se efectuará junto con el expediente de nómina mensual, a la aplicación del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Madrid: 001/140/221.01/162.04 "Acción social Acuerdo-Convenio".

 

CUARTO.- Por el órgano competente se procederá a publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es).

 

QUINTO.- Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayudas a la promoción interna del personal, convocatoria 2024, concedidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Director General de Función Pública, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, de conformidad con los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución.

 

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