BOAM nº 9281 (13/12/2022)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
3551
Acuerdo de 7 de diciembre de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que aprueba la Oferta de Empleo Público Adicional del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos para el año 2022.La Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos para el año 2022 (BOAM núm. 9.193, de 3 de agosto de 2022), aprobada por Acuerdo de 28 de julio de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, incluyó un total de 1.674 plazas (751 correspondientes al turno libre y 923 para promoción interna), si bien esa cifra no agotó la tasa de reposición de efectivos, quedando un margen de 44 plazas para agotar la tasa de reposición "ordinaria" correspondiente al ejercicio 2021.
Por otra parte, la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 (en adelante, LPGE 2022), contempla en su artículo 20.Uno 6.f) que "No computarán para la tasa de reposición y, por tanto, no se tendrán en cuenta para su cálculo (…) Las plazas necesarias para la puesta en marcha y funcionamiento de nuevos servicios cuyo establecimiento venga impuesto en virtud de una norma estatal, autonómica o local".
Por ello, este acuerdo tiene por objeto la aprobación de la Oferta de Empleo Público Adicional (en adelante, OEP Adicional) del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos para el año 2022, de conformidad con lo establecido en el artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (en adelante, TREBEP), en el artículo 20 de la LPGE 2022 y en la disposición adicional primera del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, de la Administración del Estado.
Esta Oferta de Empleo Público Adicional del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos para el año 2022, tiene una doble finalidad:
- Agotar la tasa de reposición de efectivos correspondiente a este ejercicio 2022, que asciende a 795, completando las 751 plazas incluidas en la OEP 2022 aprobada el pasado 28 de julio, con la inclusión de 44 plazas.
- Incluir 112 plazas necesarias para la puesta en marcha y funcionamiento de nuevos servicios cuyo establecimiento viene impuesto en virtud de lo previsto en el artículo 25.2.f), j), l) y m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
En esta OEP Adicional para el año 2022 se incluyen en el turno libre (anexo) plazas de personal funcionario y de personal laboral dentro de los límites correspondientes a la tasa de reposición del 120 por cien, por entender que todos los sectores y ámbitos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos están entre los enumerados en el apartado Uno.3 del artículo 20 de la LPGE 2022.
Las plazas que se incluyen en esta oferta como plazas de personal laboral se corresponden con puestos de jornada parcial o discontinua de las instalaciones deportivas municipales, de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 17 de noviembre de 2011 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se define el ámbito de la función pública municipal, modificado por acuerdos de 26 de diciembre de 2016 y 7 de septiembre de 2017.
Esta OEP Adicional cumple las previsiones de la LPGE 2022, toda vez que tan solo se incluyen 44 plazas que consumen tasa que, sumadas a las incluidas en la OEP 2022 aprobada por Acuerdo de 28 de julio 2022 de la Junta de Gobierno, se mantienen dentro de los límites de la tasa de reposición de efectivos establecidos en el artículo 20 de la citada LPGE 2022 -a los que hay que sumar la tasa adicional para los servicios de prevención y extinción de incendios prevista en la disposición adicional trigésima octava y las 112 plazas restantes, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.Uno 6.f) de la LPGE 2022, que no consumen tasa por tratarse de las plazas necesarias para la puesta en marcha y funcionamiento de nuevos servicios cuyo establecimiento viene impuesto en virtud de lo previsto en el artículo 25.2.f), j), l) y m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
En el presente expediente no se incluye informe de impacto de género por entender que el Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos limita esa obligación, de forma expresa, a los expedientes de aprobación de "oferta anual de empleo público". Por ello, no siendo el objeto de este expediente la aprobación de una Oferta de Empleo Público anual, sino una oferta adicional a la OEP 2022, se entiende que no procede la inclusión de ese informe que sí se ha incluido previamente en la Oferta de Empleo Público 2022, aprobada por Acuerdo de 28 de julio de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 59 del TREBEP en las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al 7 por ciento de las vacantes para ser cubiertas por personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2, del artículo 4, del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas.
En el anexo del acuerdo figura la reserva del 7 por ciento en cuerpos, escalas o categorías cuyas actividades o funciones son compatibles, en mayor medida, con la posible existencia de una discapacidad. El número de plazas reservadas quedarán recogidas en las correspondientes bases específicas de las convocatorias. La reserva del 2 por ciento para personas que acrediten discapacidad intelectual (3 plazas), se ha incluido en plazas de personal funcionario de la categoría de operario de servicios generales.
De conformidad con lo previsto en el artículo 37.1 del TREBEP, este proyecto de Oferta de Empleo Público Adicional ha sido objeto de negociación en la sesión de la Mesa General de Empleo del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos celebrada el 14 de noviembre de 2022.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el artículo 17.1.m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 4.2 del Reglamento de 22 de diciembre de 2005, de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión del 7 de diciembre de 2022,
ACUERDA
PRIMERO.- Aprobar la Oferta de Empleo Público Adicional del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos para el año 2022, con el número de plazas de personal funcionario y laboral que figura en el anexo, con indicación de las categorías profesionales en que se distribuyen y para cuya ejecución existe suficiente consignación presupuestaria con cargo al vigente presupuesto.