BOAM nº 8333 (08/02/2019)
Área de Gobierno de Economía y Hacienda
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Decreto de 31 de enero de 2019 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda por el que se aprueba la Instrucción 3/2019 sobre los criterios y los procedimientos para la evaluación de subvenciones y pago por resultados en el Ayuntamiento de Madrid.La Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013 (en adelante, OBRGS) estableció los Planes Estratégicos de Subvenciones como el eje vertebrador de la política subvencional de todos los órganos y organismos públicos que conceden subvenciones en el Ayuntamiento de Madrid.
Con ocasión de la entrada en vigor de la citada ordenanza, se aprobó la Instrucción 1/2015, mediante Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública de 17 de febrero de 2015, por la que se establecen los criterios y los procedimientos para la actualización, evaluación y modificación de los Planes Estratégicos de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid.
Además, mediante Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, de 12 de marzo de 2015, se aprueba la Instrucción 2/2015, que establece los criterios y los procedimientos para la evaluación de subvenciones y pago por resultados en la tramitación de la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Madrid.
Por Acuerdo de 31 de mayo de 2017 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, se aprobó la modificación de la citada OBRGS. Uno de los aspectos que contempla la referida modificación es la modulación del pago por resultados motivada, según figura en la propia exposición de motivos, por el descenso considerable de la concurrencia a las convocatorias de concesión de subvenciones y por la limitación de la capacidad de innovación de los potenciales beneficiarios, determinada por la pre-configuración excesiva de los proyectos por parte de la Administración Municipal.
Dentro de este planteamiento normativo, se modificó específicamente el artículo 19 de la OBRGS, relativo a "Evaluación y pago por resultados", siendo optativo por parte del órgano convocante, cuando el objetivo o finalidad consiste en la obtención de resultados que puedan ser evaluables y/o medibles, mediante técnicas y metodologías de evaluación, en cuyo supuesto se habrá de incorporar el establecimiento del sistema de evaluación y pago o reintegro, según corresponda, en función de los resultados obtenidos por el beneficiario, debiendo estar previsto en la correspondiente convocatoria, acuerdo de concesión o convenio.
Por esta razón, se ha detectado la necesidad de elaborar y adoptar una nueva Instrucción que deje sin efecto la desfasada Instrucción 2/2015 aprobada por Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública de 12 de marzo de 2015, que establece los criterios y los procedimientos para la evaluación de subvenciones y pago por resultados en la tramitación de la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Madrid.
La disposición final primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, modificada por Acuerdo Plenario de 31 de mayo de 2017, faculta al titular del área competente en materia de Hacienda a interpretarla, adoptando cuantas resoluciones sean necesarias para garantizar y facilitar su cumplimiento.
En virtud de lo expuesto y al amparo de la habilitación conferida por la disposición final primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, con la finalidad de establecer criterios comunes, para la evaluación de las subvenciones y el pago por resultado.
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar la Instrucción 3/2019 sobre los criterios y los procedimientos para la evaluación de subvenciones y pago por resultados en el Ayuntamiento de Madrid, que figura como Anexo I.
SEGUNDO.- Dejar sin efecto el Decreto de 12 de marzo de 2015 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, por el que se aprueba la Instrucción 2/2015 que establece los criterios y los procedimientos para la evaluación de subvenciones y pago por resultados en la tramitación de la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Madrid.
TERCERO.- Habilitar a la titular de la Dirección General competente en materia de coordinación de la contratación, a dictar las instrucciones necesarias para llevar a efecto este decreto, así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.
CUARTO.- Este decreto surtirá efectos desde el día de su adopción sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 31 de enero de 2019.- El Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, Jorge García Castaño.