BOAM nº 8180 (22/06/2018)
Gerencia de la Ciudad
1422
Resolución de 18 de junio de 2018 de la Directora General de Planificación y Gestión de Personal por la que se aprueba la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para proveer 78 plazas de Diplomado/a en Trabajo Social del Ayuntamiento de Madrid.Mediante Resolución de 16 de abril de 2018, se aprobó la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para la provisión de 78 plazas de Diplomado/a en Trabajo Social, la cual fue publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 24 de abril de 2018 otorgando a los aspirantes un plazo único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para subsanar el defecto que hubiese motivado la exclusión o no inclusión expresa.
Finalizado el plazo concedido, han sido examinadas las solicitudes de subsanación presentadas, estimándose las incluidas en el anexo por haber corregido el defecto advertido, al tiempo que han sido admitidas también otras solicitudes que, no figurando inicialmente en la lista provisional aprobada, ha podido constatarse su efectiva presentación en tiempo y forma.
El punto 6.4 de las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Resolución del Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de 14 de marzo de 2016, modificadas por Resolución de 8 de abril de 2016 (BOAM núm. 7639, de 14 de abril de 2016), establece que, finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid una resolución declarando aprobada la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación y Gestión de Personal la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 8º 1.3 c) del Acuerdo de 14 de marzo de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOCM n.º 79, de 3 de abril de 2018), por el que se modifica, en cuanto a las competencias de esta Dirección General se refiere, el Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad (BOCM n.º 267, de 10 de noviembre de 2015).
De conformidad con lo expuesto y vista la propuesta de la Subdirección General de Selección:
RESUELVO
Primero.- Aprobar la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para proveer 78 plazas de Diplomado/a en Trabajo Social del Ayuntamiento de Madrid.
Segundo.- Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Tercero.- Disponer la publicación de esta resolución en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es), conteniendo la relación definitiva completa de aspirantes admitidos y excluidos.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación.
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la notificación o publicación de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la notificación o publicación de la resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2º y 124 LPAC y 46 LJCA).
III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).
IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 18 de junio de 2018.- La Directora General de Planificación y Gestión de Personal, Almudena Álvarez García.