BOAM nº 10060 (06/02/2026)
Distrito de Latina
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Decreto de 4 de febrero de 2026 del Concejal Presidente del Distrito de Latina por el que se hacen públicas las bases del procedimiento para el otorgamiento, en régimen de concurrencia, de autorizaciones para la instalación de casetas en el recinto ferial durante las Fiestas de Aluche del Distrito de Latina 2026.El Concejal Presidente del Distrito de Latina, en virtud de las atribuciones conferidas por Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos, con fecha 4 de febrero de 2026 ha dictado el siguiente
DECRETO
"Iniciar el procedimiento para el otorgamiento, en régimen de concurrencia, de las autorizaciones para la instalación de casetas en el recinto ferial durante las Fiestas de Aluche del Distrito de Latina 2026, aprobando las bases que regirán dicha licitación y disponiendo su publicación".
BASES DEL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA, DE AUTORIZACIONES PARA LA INSTALACIÓN DE CASETAS EN EL RECINTO FERIAL DURANTE LAS FIESTAS DE ALUCHE DEL DISTRITO DE LATINA 2026
1.º Objeto.
Estas bases tienen por objeto establecer el procedimiento para el otorgamiento, en régimen de concurrencia, de las autorizaciones para la instalación de casetas en el recinto ferial del Parque de Aluche con motivo de las Fiestas de Aluche del Distrito de Latina 2026, así como las condiciones y demás requisitos a los que se someterá su funcionamiento.
2.º Régimen jurídico.
Estas autorizaciones se regirán por las presentes bases, y en lo no previsto en ellas por la Ordenanza Reguladora de la Gestión de Recintos de Ferias y Festejos Populares de las Juntas Municipales de Distrito, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 30 de julio de 1998, la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y demás normativa de aplicación.
3.º Lugar y fecha de celebración.
El lugar de celebración de las Fiestas de Aluche 2026 es el perímetro acotado como recinto ferial del Parque de Aluche, y en concreto, el espacio destinado a la instalación de las casetas es el que figura señalado en el plano adjunto como Anexo I.
Las Fiestas de Aluche se desarrollarán desde el 29 de mayo al 7 de junio de 2026, siendo este el período de funcionamiento de las casetas. No obstante, las labores de montaje de las casetas podrán iniciarse desde el día 22 de mayo, debiendo haberse concluido su desmontaje el 9 de junio.
En el caso de que por razones organizativas o técnicas fuera necesario anticipar estas fechas de montaje el Distrito de Latina podrá proceder a su autorización, si así lo estimara oportuno.
La estructura de las casetas deberá estar montada el día 25 de mayo. La instalación completa de casetas y elementos anexos deberá estar finalizada el día 28 de mayo a las 12:00 de la mañana.
4.º Relación de casetas o situados a adjudicar.
Casetas numeradas de la 1 a la 15:
- Se adjunta como Anexo I el plano con la ubicación y numeración dada a las casetas.
- La superficie de las casetas será la siguiente:
Las casetas numeradas del 1 al 9 tendrán una medida de 8x10 metros. Dispondrán en su parte posterior de un espacio libre de 8x4 metros que deberá ser cerrado con una altura máxima de 2 metros destinado al almacenaje auxiliar a la caseta, este espacio podrá contar con una puerta de acceso en el cerramiento posterior de la caseta. Se respetarán los elementos de mobiliario y especies arbóreas existentes.
Las casetas 10 y 11 tendrán una medida de 10x8 metros.
Las casetas 12 y 13 tendrán una medida de 10x6 metros.
Las casetas 10, 11, 12 y 13 dispondrán en su parte posterior de un espacio libre de 10x3 metros que deberá ser cerrado con una altura máxima de 2 metros destinado a almacenaje auxiliar a la caseta. Se respetarán los elementos de mobiliario y especies arbóreas existentes.
Las casetas 14 y 15 tendrán una medida de 10x8 metros. Se respetarán los elementos de mobiliario y especies arbóreas existentes.
- Todas las casetas podrán disponer de un área estancial, según se recoge en el plano adjunto, en la que podrán ubicar elementos de mobiliario urbano tales como mesas y sillas.
- Se permite la instalación de sombrillas móviles siempre que sus características se ajusten a las recogidas en la vigente Ordenanza 7/2025, de 25 de noviembre, de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración. Del mismo modo, la publicidad de las sombrillas móviles se ajustará a lo previsto en la citada ordenanza.
Las sombrillas móviles permanecerán cerradas cuando las mesas estén desocupadas y, en todo caso, en condiciones de viento superior a 30 km/h y en horario nocturno.
Con objeto de garantizar un aspecto homogéneo del recinto, todas la sombrillas y bases de una misma caseta serán del mismo modelo y color.
- Se permite cubrición de los espacios de almacenaje auxiliares a las casetas autorizadas con elementos de sombra textiles siempre que dichos elementos estén descritos en el certificado de montaje que se aporte y se acredite su clasificación con nivel T2 conforme a la norma UNE-EN 15619:2014 "Tejidos recubiertos de caucho plástico. Seguridad de las estructuras temporales (tiendas).
Con objeto de homogeneizar los elementos de cubrición de dichas zonas se podrán utilizar elementos de cubrición de tono similar al de las casetas, preferentemente de color blanco.
Estos elementos textiles deberán desmontarse en condiciones de viento, siguiendo las indicaciones que se establezcan en el certificado de montaje.
- La actividad comercial de cada caseta, 1 al 15 será exclusivamente de hostelería, quedando prohibida cualquier otra que no haya sido aprobada. Las zonas destinadas a la estancia de los consumidores serán exclusivamente las zonas estanciales indicadas en el plano anexo.
En este sentido, se ha de señalar que, de los 15 situados destinados a hostelería (casetas 1 a 15), que serán objeto de instalación en el recinto ferial del Parque de Aluche, 4 de ellos estarán destinados a los cuatro partidos políticos con representación municipal en este Ayuntamiento (Partido Popular, Más Madrid, PSOE y Vox), tal y como señala la Ordenanza Reguladora de la Gestión de Recintos de Ferias y Festejos Populares de las Juntas Municipales de Distrito, quedando, por ello, 11 situados destinados a las entidades que resulten adjudicatarias y cumplan, en todo momento, los requisitos establecidos en el articulado de estas bases.