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BOAM nº 9650 (11/06/2024)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

1986

Decreto de 6 de junio de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se declara el desistimiento de solicitudes en la convocatoria de subvenciones de concurrencia competitiva dirigida a la mejora de la financiación de la economía social para la anualidad 2024.

Por Decreto de 28 de diciembre de 2023 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOAM 9570, de 13 de febrero de 2024), se aprobó la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de la financiación de la economía social para la anualidad 2024, cuya instrucción corresponde a la Dirección General de Economía.

 

De conformidad con lo previsto sobre el desistimiento de la solicitud en los artículos 94.1 y 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el apartado 12.º del anexo a la convocatoria.

 

A la vista de la propuesta de 5 de junio de 2024 de la Dirección General de Economía, como órgano instructor previsto en el apartado 13 de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de la financiación de la economía social para la anualidad 2024, en virtud de las atribuciones conferidas por el apartado 3.º 1.9 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Tener por desistidas las solicitudes que se relacionan en el anexo al presente decreto por las razones que, en cada caso, se enumeran.

 

SEGUNDO.- Publicar este decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM), así como en la Sede Electrónica https://sede.madrid.es. De conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. La publicación en el BOAM sustituirá a la notificación, surtiendo sus mismos efectos.

 

Contra este decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.

 

Madrid, a 6 de junio de 2024.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.

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