BOAM nº 9988 (20/10/2025)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
3828
Decreto de 13 de octubre de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias de resolución de la convocatoria pública de subvenciones para la promoción y desarrollo de los soportes de prensa escrita de ámbito distrital o inferior (Medios Hiperlocales) para la anualidad 2025.ANTECEDENTES DE HECHO
I
Por Decreto de 23 de abril de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la promoción y desarrollo de soportes de prensa escrita de ámbito distrital o inferior (medios hiperlocales) para el año 2025.
La convocatoria se publicó con fecha 5 de mayo de 2025 en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid. De conformidad con el apartado 5º.2 de la convocatoria, se estableció un plazo para la presentación de solicitudes de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, plazo que comprendió desde el 6 al 27 de mayo de 2025, ambos inclusive.
El importe total destinado a la convocatoria pública de subvenciones para la promoción y desarrollo de soportes de prensa escrita de ámbito distrital o inferior (medios hiperlocales) para el año 2025, asciende a trescientos mil euros (300.000 €), cuya imputación presupuestaria es 001/120/922.08/479.99 del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2025.
Se han presentado un total de 19 solicitudes por parte de 16 entidades y personas físicas.
Efectuado en primer lugar el proceso de verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos a los solicitantes y de la revisión formal de la solicitud de la documentación aportada junto con ella, el órgano instructor procedió, conforme al apartado 5º.3 de la convocatoria, a la realización de los oportunos requerimientos a fin de que subsanasen defectos o faltas apreciados en la solicitud o en la documentación presentada.
Como resultado de dichos requerimientos de subsanación, por decreto de 16 de julio de 2025, de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias se declaró desistida de su solicitud al siguiente solicitante:
- PUBLICACIONES PERIODÍSTICAS JEMAR, S.L. (NIF B84361344).
Como consecuencia, el número de solicitudes presentadas que resultan admitidas y pasan a ser objeto de valoración por la comisión es de dieciocho (18).
II
Con fecha 15 de julio de 2025 se constituyó la comisión de valoración, que en ese mismo acto procedió a la valoración de las solicitudes admitidas. La comisión de valoración, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4º.2 de la convocatoria, estableció el orden de prelación de las solicitudes según las puntuaciones obtenidas conforme a los criterios de valoración recogidos en el apartado 4º.1 de la misma, todos ellos de carácter objetivo.
Todas las solicitudes obtuvieron puntuaciones por encima de la puntuación mínima de 12 puntos exigida en la convocatoria, y a cada solicitud le fue asignada la cuantía de subvención a recibir, con el resultado del agotamiento del crédito disponible.
En consecuencia, la comisión, en reunión celebrada el 15 de julio de 2025, ha adoptado, en aplicación de lo establecido en el apartado 6º.2 de la convocatoria, informe en el que propone la concesión de subvenciones a los solicitantes.
Conforme a lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en el apartado 6º.1 de la convocatoria, el 23 de julio de 2025, el órgano instructor formuló la propuesta de resolución provisional en la que se proponía la concesión de la subvención a las personas físicas y jurídicas incluidas en su anexo, especificando la cuantía y puntuación, que fue publicada en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid el 24 de julio de 2025, concediendo a los solicitantes el plazo de diez días hábiles desde el siguiente al de la publicación para que formularan las alegaciones que se estimaran oportunas.
En este plazo, que finalizó el 8 de agosto de 2025, se recibió una alegación, presentada por Publicaciones Periodísticas Jemar, S.L., con número de anotación 20251111273, el día 26/07/2025, solicitando información sobre el decreto por el que se declaraba desistida a la entidad de su solicitud. Con fecha 14/08/2025 se dio cumplida respuesta al alegante.
III
Con fecha 8 de septiembre de 2025 el órgano instructor del procedimiento, al amparo de lo establecido en el apartado 6.º 4 de la convocatoria, formuló propuesta de resolución de la convocatoria con el carácter de definitiva, toda vez que no figuraban en el procedimiento ni fueron tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados. Esta resolución incluía la relación de solicitantes que se proponen para la concesión de subvenciones, la cuantía y la puntuación obtenida, y establecía un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación en sede electrónica de la citada resolución, para que las personas físicas y jurídicas propuestas como beneficiarias presentasen la aceptación de la subvención.
La propuesta de resolución definitiva se publicó en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid el 9 de septiembre de 2025, abriéndose el plazo de cinco días que comprenden del 10 al 16 de septiembre, ambos inclusive, para que las personas físicas y jurídicas propuestas como beneficiarias manifestasen expresamente la aceptación de la subvención.
Todos los solicitantes han manifestado en tiempo y forma que aceptan la subvención propuesta.
IV
El importe total de las subvenciones que se propone conceder para la anualidad 2025 es de 300.000,00 euros, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 2025/001/120/922.08/479.99 "Otras subvenciones a empresas privadas" del vigente presupuesto.
V
De acuerdo con lo previsto en el apartado 6º 3 de la convocatoria, en el anexo al presente decreto figura la relación de las dieciocho (18) solicitudes que se proponen para la concesión de subvenciones indicando para cada una de ellas la cuantía y puntuación obtenida.