BOAM nº 10034 (29/12/2025)
Distrito de Arganzuela
4874
Decreto de 22 de diciembre de la Concejala del Distrito de Arganzuela por el que se dicta la resolución definitiva de la relación de subvenciones desestimadas, según establecen las bases de la convocatoria para el Fomento del Asociacionismo del Distrito de Arganzuela 2025.En cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos, y en consonancia con el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de las Bases de la Convocatoria de Fomento del Asociacionismo del Distrito de Arganzuela, se hace público el listado de las subvenciones desestimadas, durante el año 2025, en relación a la Convocatoria para el Fomento del Asociacionismo del Distrito, aprobadas por Decreto de la Concejala Presidente del Distrito de Arganzuela de 15 de marzo de 2025. Las subvenciones concedidas se imputan al crédito recogido en la partida presupuestaria 001/202/924.01/489.01 "Otras transferencias corrientes a Instituciones sin fines de lucro" y en la partida presupuestaria 001/202/924.01/789.01 "Otras transferencias de capital a Instituciones sin fines de lucro", del presupuesto general del Ayuntamiento de Madrid para el ejercicio 2025,
DISPONGO
Desestimar a los solicitantes que se relacionan a continuación, por no ajustarse a las bases de la convocatoria aprobadas por decreto de 15 de marzo de 2025:
Ampa Colegio Dos Parques de Madrid, en la modalidad de gasto de proyecto.
Asociación Café Bar Seara, en la modalidad gastos de alquiler y funcionamiento y en la modalidad de gastos de mobiliario y equipamiento.
CDE Madrid Río, en las modalidades de gastos de proyecto, gastos de alquiler y mantenimiento de sede y gastos de mobiliario y equipamiento.
Asociación Nua, gastos de alquiler y funcionamiento y gastos de mobiliario y equipamiento.
Asociación Grupo Scout 362 Tierra del Fuego, en la modalidad de gasto de proyecto
De conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mimos efectos. Igualmente, se publicará en la sede electrónica https://sede.madrid.es y la Base de Datos Nacional de subvenciones.
Contra la presente resolución, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación.
I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Concejala Presidenta del Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
II.- Directamente, recurso contencioso administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, según establece la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 22 de diciembre de 2025.- La Concejala del Distrito de Arganzuela, María Dolores Navarro Ruíz.