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BOAM nº 9985 (15/10/2025)
Distrito de San Blas-Canillejas

3770

Decreto de 13 de octubre de 2025 de la Concejal Presidente del Distrito de San Blas-Canillejas por el que se hace pública la relación de subvenciones concedidas, así como las entidades y solicitudes desestimadas y suplentes para la anualidad 2025, en base a la convocatoria para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana, aprobada por Decreto de la Concejal Presidente del Distrito de San Blas-Canillejas de 26 de marzo de 2025.

La Concejal Presidente del Distrito de San Blas-Canillejas, en virtud de las atribuciones conferidas por Acuerdo de 29 junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos, con fecha 13 de octubre de 2025 ha dictado el siguiente

 

DECRETO

 

"PRIMERO.- Aprobar la concesión de subvenciones en la modalidad de "Proyectos" para las asociaciones, con domicilio social en el Distrito de San Blas-Canillejas, inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid, que figuran en el Anexo I, en el marco de la Convocatoria pública de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo para la anualidad 2025, aprobada por Decreto de 26 de marzo de 2025.

 

SEGUNDO.- Aprobar la concesión de subvenciones en la modalidad de "Gastos de funcionamiento de sedes u otros espacios" para las asociaciones, con domicilio social en el Distrito de San Blas-Canillejas, inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid, que figuran en el Anexo II, en el marco de la Convocatoria pública de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo para la anualidad 2025, aprobada por Decreto de 26 de marzo de 2025.

 

TERCERO.- Aprobar la relación de entidades y solicitudes suplentes en el expediente de subvenciones para el Fomento del Asociacionismo anualidad 2025 del Distrito San Blas-Canillejas, en la modalidad de "Gastos de Funcionamiento sedes sociales u otros" que figuran en el Anexo III de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ordenanza de Bases Reguladoras para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos, aprobada por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno 3 de octubre de 2013, y en el artículo 21 de la presente convocatoria.

 

CUARTO.- Aprobar la relación de entidades y solicitudes desestimadas en el expediente de subvenciones para el Fomento del Asociacionismo anualidad 2025 del Distrito San Blas-Canillejas, en ambas modalidades, que figuran en el Anexo IV de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ordenanza de Bases Reguladoras para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos, aprobada por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno 3 de octubre de 2013, y en el artículo 21 de la presente convocatoria.

 

QUINTO.- Disponer un gasto por importe de 70.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 001/220/924.01/489.01 "Participación Ciudadana. Otras Transferencias a Instituciones sin fines de Lucro" del Presupuesto General de Ayuntamiento de Madrid de 2025, para las distintas asociaciones y por los importes recogidos en los Anexo I y II.

 

SEXTO.- Ordenar la publicación de la relación de subvenciones concedidas y desestimadas y suplentes en base a la Convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo para la anualidad 2025, aprobada por Decreto del Concejal Presidente del Distrito de San Blas-Canillejas de fecha de 26 de marzo de 2025, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, en consonancia con el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones".

 

De conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos. Igualmente se dará publicidad a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos, desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Madrid, a 13 de octubre de 2025.- La Concejal Presidente del Distrito de San Blas-Canillejas, Almudena Maíllo del Valle.

 

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