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BOAM nº 9593 (15/03/2024)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

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Decreto de 12 de marzo de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se aprueban la convocatoria pública para formar parte de las Comisiones Permanentes del Consejo Sectorial de la Cultura de la Ciudad de Madrid y sus bases, y se dispone que las entidades culturales previamente autorizadas formen parte de las correspondientes Comisiones Permanentes.

Mediante Decreto de 4 de octubre de 2021 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte se aprobó la convocatoria pública para solicitar la inscripción en las Mesas Sectoriales del Consejo de la Cultura de la Ciudad de Madrid y sus bases (BOAM 8.991, de 7 de octubre de 2021), al amparo del Reglamento 9/2021, de 21 de julio, por el que se creó el Consejo de la Cultura de la Ciudad de Madrid y se reguló su composición y funcionamiento.

 

El Decreto de 3 de febrero de 2022 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte aprobó la relación definitiva de entidades admitidas en la convocatoria para formar parte de las Mesas Sectoriales del Consejo de la Cultura. A ella, se han ido incorporando otras entidades cuyas inscripciones han sido autorizadas por los correspondientes decretos de la delegada de la citada área de gobierno, de fechas 14 de junio de 2022, 24 de enero de 2024 y 20 de febrero de 2004, al amparo de lo previsto en la base Octava de la convocatoria pública aprobada por el Decreto de 4 de octubre de 2021.

 

En aplicación de la Ordenanza 9/2022, de 28 de junio, de Derogación Normativa y de Modificación del Régimen Jurídico de los Consejos Sectoriales, se deroga, entre otros, el citado Reglamento 9/2021, de 21 de julio, quedando la eficacia de dicha derogación diferida a la aprobación por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid del correspondiente Acuerdo de creación del Consejo Sectorial o al 1 de abril de 2024, en caso de no realizarse dicha aprobación, según se indica en su disposición transitoria única.

 

El Acuerdo de 29 de febrero de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se crea el Consejo Sectorial de la Cultura de la Ciudad de Madrid (en adelante, el Consejo Sectorial), establece en su punto 5.2 que formarán parte del Consejo Sectorial, la Comisión Ejecutiva y las Comisiones Permanentes de Libro; Cine y Audiovisual; Artes Escénicas; Música; y Artes Visuales.

 

En el punto 5.3 del Acuerdo de 29 de febrero de 2024, se indica que el área de gobierno competente en materia de cultura llevará a cabo una convocatoria pública, para que las entidades culturales que tengan interés en formar parte de las Comisiones Permanentes y cumplan los requisitos que se establezcan en la convocatoria, puedan solicitarlo.

 

Por otra parte, por razones de eficacia y para evitar trámites innecesarios, las entidades culturales que formaban parte de las Mesas Sectoriales del Consejo de la Cultura previstas en el Reglamento 9/2021, de 21 de julio, una vez verificado que cumplen los requisitos exigidos en la presente convocatoria pasan a formar parte de las correspondientes Comisiones Permanentes del Consejo Sectorial de la Cultura previstas en el Acuerdo de 29 de febrero de 2024, sin necesidad de presentar nueva solicitud.

 

En su virtud, de conformidad con las competencias atribuidas por el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte y de las competencias atribuidas para la aprobación y resolución de la convocatoria pública y sus bases por el Acuerdo de 29 de febrero de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se crea el Consejo Sectorial de la Cultura de la Ciudad de Madrid y se establece su organización interna,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública para solicitar formar parte de las Comisiones Permanentes del Consejo Sectorial de la Cultura de la Ciudad de Madrid y sus bases que se recogen en el Anexo I.

 

SEGUNDO.- Las entidades culturales que formaban parte de las Mesas Sectoriales del Consejo de la Cultura de la Ciudad de Madrid previstas en el Reglamento 9/2021, de 21 de julio, una vez verificado que cumplen los requisitos exigidos en la presente convocatoria, pasan a formar parte de las correspondientes Comisiones Permanentes previstas en el punto 5.2 del Acuerdo de 29 de febrero de 2024 de la Junta de Gobierno, sin necesidad de presentar nueva solicitud, tal y como se relacionan en el Anexo II.

 

TERCERO.- Publicar la presente convocatoria pública en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", sin perjuicio de su publicación en otros medios.

 

CUARTO.- Contra el presente decreto que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse cualesquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 12 de marzo de 2024.- La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.

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