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BOAM nº 9615 (18/04/2024)
Distrito de Chamberí

1264

Decreto de 10 de abril de 2024 del Concejal Presidente del Distrito de Chamberí por el que se aprueba la convocatoria del concurso para la elaboración del cartel para las Fiestas del Carmen del Distrito de Chamberí 2024.

En virtud de las facultades que le han sido delegadas por Acuerdo de 29 junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos (BOAM núm. 9.421, de 7 de julio de 2023), el Concejal Presidente del Distrito de Chamberí

 

DISPONE

 

Aprobar la convocatoria y las bases del concurso para la elaboración del cartel para las Fiestas del Carmen del Distrito de Chamberí 2024.

 

BASES DEL CONCURSO PARA LA ELABORACIÓN DEL CARTEL PARA LAS FIESTAS DEL CARMEN DEL DISTRITO DE CHAMBERÍ 2024

 

1.- Objeto y ámbito de la convocatoria.

 

El Ayuntamiento de Madrid, a través del Distrito de Chamberí, efectúa esta convocatoria del concurso para la elaboración del cartel para las Fiestas del Carmen del Distrito de Chamberí 2024, dirigido a todas las personas, mayores de edad que quieran participar en el diseño del cartel anunciador de dicho festejo.

 

2.- Régimen jurídico aplicable.

 

El concurso se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, de fecha 30 de octubre de 2013, sobre concesión de premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia y demás disposiciones que resulten de aplicación.

 

3.- Crédito presupuestario e importe del premio.

 

El gasto que comporta la presente convocatoria asciende a 1.000 euros imputables a la aplicación presupuestaria 001/207/334.01/482.03 "Actividades culturales/premios".

 

Se establece un premio único para el ganador dotado con 1.000 euros, así como su reproducción como imagen para la Fiestas del Carmen del Distrito de Chamberí 2024.

 

4.- Requisitos de participación.

 

Podrán participar personas físicas y jurídicas provistas de capacidad de obrar. En el caso personas físicas, aquellas que posean nacionalidad española y extranjeros residentes en España que acrediten tener 18 años cumplidos en la fecha de finalización del plazo para participar y, en el caso de las jurídicas, todas aquellas con domicilio social en España, además de las no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

 

Cualquier persona con capacidad de obrar podrá actuar en representación de otra conforme a lo autorizado en el artículo 5.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP).

 

No podrán participar en la convocatoria, las personas físicas, jurídicas o entidades que, cumpliendo los requisitos específicos, estén incursos en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Los participantes deberán cumplimentar la declaración responsable del impreso de inscripción en la que manifiesten que no están incursos en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas; que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, y que acepta plenamente el contenido de las bases de la presente convocatoria. Los certificados y declaraciones expresados deben estar vigentes durante todo el proceso.

 

Los órganos gestores comprobarán, asimismo, que se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid, haciéndolo constar en el expediente mediante la oportuna diligencia.

 

En caso de resultar premiado, deberá haber autorizado la consulta o aportar los certificados referidos.

 

En todo caso, no se podrá exigir la presentación de documentos o la aportación de datos que ya estén en poder de las Administraciones Públicas. A estos efectos, el solicitante deberá declarar en qué Administración, institución pública u órgano administrativo consta el dato o la documentación original.

 

5.- Lugar, condiciones y plazo de presentación de solicitudes.

 

Para participar será necesario registrar la solicitud de inscripción en el formulario correspondiente y presentar paralelamente el cartel en la dependencia municipal que se señala más adelante.

 

Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Madrid durante el plazo de quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid:

 

a) Electrónicamente (en línea), accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://sede.madrid.es). En ese caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

 

b) Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (sólo personas físicas).

 

El modelo de solicitud estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).

 

La solicitud incluye la autorización para que el órgano instructor pueda llevar a cabo la consulta y verificación de datos en relación con las obligaciones del interesado con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y con la Seguridad Social, a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto. En el supuesto de que la entidad solicitante no autorice la verificación de los datos de la AEAT y/o de la Seguridad Social deberá aportar la correspondiente certificación.

 

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