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BOAM nº 10170 (16/07/2026)
Distrito de Usera

2804

Decreto de 10 de julio de 2026 de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera por el que se conceden subvenciones a entidades para el curso escolar 2026-2027 en resolución de la convocatoria pública de subvenciones para la anualidad 2026, aprobada por Decreto de 23 de marzo de 2026.

ANTECEDENTES DE HECHO

 

PRIMERO.- Con fecha 27 de mayo de 2026 ha sido formulada por el órgano instructor designado la Propuesta de Resolución Provisional de concesión de las subvenciones solicitadas por los centros educativos que figuran en el Anexo I, por los importes que se indican y plazo de ejecución coincidente con el curso escolar 2026-2027 finalizando el 31 de julio de 2027, en resolución de la convocatoria pública de subvenciones para la anualidad 2026 en régimen de concurrencia competitiva dirigida a centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera para la realización de proyectos que supongan complemento y mejora del servicio educativo, aprobada por Decreto de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera de 23 de marzo de 2026.

 

Así mismo, se desestima el resto de las solicitudes de subvención de los centros educativos que figuran en el Anexo II, por las causas que se indican en el mismo.

 

Con fecha 28 de mayo de 2026 se publica en Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación, los centros educativos formulen las alegaciones que estimen oportunas. Transcurrido el plazo no se recibe ninguna alegación por parte de los centros educativos.

 

SEGUNDO.- Con fecha 27 de mayo de 2026 se declaran desistidas las solicitudes de los dos proyectos presentados por la Asociación Cultural Surco Nuestra Señora de Montserrat, denominados Biblioteca Viva, que viva la Biblio y Patios Inclusivos, al no haber atendido, el requerimiento para la subsanación de las solicitudes y no presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos; y la solicitud del proyecto presentada por el centro concertado Jesuitinas María Reina del proyecto denominado Integrasur: Red de recreos inclusivos y promoción de la Salud en el Distrito de Usera, toda vez que, en el plazo de respuesta al requerimiento, presenta escrito registrado electrónicamente con fecha 19/05/2026 enunciando expresamente el desistimiento voluntario, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la convocatoria en relación con el artículo 21 y 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 24.10 de la Ordenanza de Bases Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013, modificada por la Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre. Publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el día 1 de junio 2026, BOAM 10.137.

 

TERCERO.- Con fecha 12 de junio de 2026 ha sido formulada por el órgano instructor designado en la convocatoria pública de subvenciones para la anualidad 2026 en régimen de concurrencia competitiva dirigida a centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera para la realización de proyectos que supongan complemento y mejora del servicio educativo, según lo dispuesto en el artículo 10 de la misma, la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria 2026. En dicha resolución se recoge expresamente los solicitantes para los que se propone la concesión de subvenciones y su cuantía. Anexo I.

 

Así mismo, se desestima el resto de las solicitudes de subvención de los centros educativos que figuran en el Anexo II, por las causas que se indican en el mismo.

 

CUARTO.- El 12 de junio de 2026 se realiza la publicación de la misma en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid indicando que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la convocatoria, los centros educativos propuestos como beneficiarios de la subvención, deberán presentar su aceptación en documento firmado digitalmente por el representante del centro, en el correo electrónico del Departamento de Educación de la Junta Municipal del Distrito de Usera en el plazo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación.

 

QUINTO.- Con fecha 15 de junio de 2026, se procede a la notificación individualizada a todos los centros educativos de la convocatoria, informándoles de que el plazo conferido para la presentación de la aceptación expresa de la subvención finaliza el 19 de junio de 2026.

 

Todos los centros educativos presentan la aceptación de la subvención concedida de manera expresa, dentro de dicho plazo.

 

Vistas las actuaciones que conforman el presente expediente, y una vez verificado el cumplimiento de la normativa de aplicación, de acuerdo con lo establecido en el Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda de fecha 27 de marzo de 2019, que implanta el modelo de control interno de fiscalización limitada previa; se somete a la aprobación de la Concejala Presidenta de este Distrito, órgano competente para resolver en el presente expediente, en virtud de las atribuciones conferidas por Acuerdo de 29 junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los Distritos (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 9.421, de 7 de julio de 2023) apruebo el siguiente

 

DECRETO

 

PRIMERO.Conceder las subvenciones solicitadas por las entidades que figuran en el Anexo I, por los importes que se indican y plazo de ejecución coincidente con el curso escolar 2026-2027 finalizando el 31 de julio de 2027, en resolución de la convocatoria pública de subvenciones para la anualidad 2026 en régimen de concurrencia competitiva dirigida a centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera para la realización de proyectos que supongan complemento y mejora del servicio educativo, aprobada por Decreto de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera de 23 de marzo de 2026.

 

SEGUNDO.Desestimar el resto de las solicitudes de subvención de los centros que figuran en el Anexo II, por las causas que se indican en el mismo.

 

TERCERO.- Disponer el gasto a favor de los centros educativos beneficiarios por un total de 97.730,00 euroscon cargo a la aplicación presupuestaria 2026/001/212/326.01/489.01.

 

CUARTO.- Notificar el presente decreto a los centros educativos solicitantes, según lo dispuesto en el artículo 11 de la convocatoria, mediante su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica https://sede.madrid.es, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos. Igualmente, se dará publicidad a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

QUINTO.- Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, o, directamente, recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos, desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Madrid, a 10 de julio de 2026.- La Concejala Presidenta del Distrito de Usera, Sonia Cea Quintana.

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