Saltar navegación

BOAM nº 9375 (03/05/2023)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo

1410

Decreto de 26 de abril de 2023 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por el que se rectifica error material advertido en el Decreto de 28 de marzo de 2023, por el que se aprueba la convocatoria pública de los “Premios Talento y Tecnología 2023” del Ayuntamiento de Madrid.

Por Decreto de 28 de marzo de 2023 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo se aprueba la convocatoria pública de los “Premios Talento y Tecnología 2023” (BOAM núm. 9.370, de 24 de abril de 2023).

 

Se ha detectado un error material en el anexo del referido decreto, que debe rectificarse de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según el cual las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

 

En su virtud

 

DISPONGO

 

Rectificar el error material detectado en el anexo del Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por el que se aprueba la convocatoria pública de los "Premios Talento y Tecnología 2023" (BOAM núm. 9.370, de 24 de abril de 2023), en los términos que se indican a continuación:

 

En el apartado 9.- Modo y plazo de presentación de candidaturas, párrafo séptimo:

 

Donde dice:

"La información de los puntos 2.3 y 2.4 se ceñirá al periodo exclusivo de realización de la tesis, desde su inicio hasta la lectura”.

 

Debe decir:

"La información de los puntos 2.4 y 2.5 se ceñirá al periodo exclusivo de realización de la tesis, desde su inicio hasta la lectura".

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse los siguientes recursos: con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, ante el propio órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fecha indicada. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la LPACAP, y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

 

Madrid, a 26 de abril de 2023.- El Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, Miguel Ángel Redondo Rodríguez.

Subir Bajar