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BOAM nº 8902 (04/06/2021)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo

1416

Resolución de 1 de junio de 2021 del Director General de Innovación y Emprendimiento por la que se aprueba la convocatoria para la admisión como usuario del servicio de Puerta Innovación.

La Dirección General de Innovación y Emprendimiento tiene como competencias específicas, entre otras, el establecimiento, desarrollo y ejecución de políticas de apoyo a la innovación, así como la gestión de "Madrid International Lab", "La Nave" y otros espacios de encuentro, intercambio e innovación de la ciudad.

 

Uno de estos espacios es "Puerta Innovación", ubicado en la calle Toledo, n.º 108, que dispone de espacios de trabajo compartidos para innovadores, y de espacios para la celebración de conferencias, mesas redondas, talleres, sesiones de trabajo y similares, en cuya temática se traten temas innovadores. Ambos tipos de actividad contribuyen a la difusión de la innovación en la ciudad y a enriquecer el ecosistema de innovación en la misma.

 

Con la presente convocatoria se pretende que la incorporación de proyectos innovadores y tecnológicos a "Puerta Innovación" sea fácil y ágil, albergando unos servicios públicos capaces de atraer y retener proyectos orientados hacia la tecnología y la innovación abierta.

 

Por todo lo anterior, en virtud del artículo 11º.1.1.d) del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo (BOAM de 1 de julio de 2019),

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Aprobar las bases de la convocatoria para la admisión como usuario del servicio de Puerta Innovación que figuran como Anexo I de la presente resolución, junto con el modelo de ficha de proyecto del Anexo II.

 

SEGUNDO.- Convocar el procedimiento de admisión de solicitudes para la admisión como usuario del servicio de Puerta Innovación, con carácter permanente a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

TERCERO.- Aprobar las condiciones de uso del servicio de Puerta Innovación, que figuran como Anexo III de esta resolución.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación.

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.

 

En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se impondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel (artículos 8.1 y 14.1.2.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite otro recurso que estime procedente (artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 1 de junio de 2021.- El Director General de Innovación y Emprendimiento, Fernando Herrero Acebes.

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