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BOAM nº 8439 (15/07/2019)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

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Resolución de 11 de julio de 2019 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación oficial del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, de fecha 20 de junio de 2019, por el que se aprueba la concesión parcial de subvenciones correspondientes a la convocatoria de subvenciones destinadas a sufragar los gastos de explotación de las actividades culturales que se desarrollan en inmuebles de la ciudad de Madrid.

En virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte y de conformidad con el artículo 15 de la correspondiente convocatoria, y artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resuelvo:

 

Ordenar la publicación oficial del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, de fecha 20 de junio de 2019, por el que se aprueba la concesión parcial de subvenciones correspondientes a la convocatoria de subvenciones destinadas a sufragar los gastos de explotación de las actividades culturales que se desarrollan en inmuebles de la ciudad de Madrid, con el siguiente contenido:

 

"A la vista de las actuaciones del expediente de referencia, de conformidad con el artículo 28 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015; y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto del Alcalde de 15 de junio de 2019 por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, en el ejercicio de las competencias correspondientes a la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,

 

DISPONGO

 

Aprobar la concesión de subvenciones de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a sufragar los gastos de explotación de las actividades culturales que se desarrollan en inmuebles de la ciudad de Madrid, a las siguientes entidades por los importes que se indican:

 

Nº DE SOLICITUD

BENEFICIARIO

IMPORTE

20190120115

BLANCA BERLÍN MIRAVETE

1.588,26

20190146370

BOOKSELLERS S.A.

1.808,72

20190150823

CASA PATAS S.L.

9.248,22

20190152545

DANIELA RISO

1.838,50

20190156830

DRED S.L.

2.100,00

20190158524

ESPASA CALPE S.A.

15.000,00

20190158527

ESPASA CALPE S.A.

4.473,24

20190148413

GALERÍA LEANDRO NAVARRO S.L.

3.080,63

20190158201

HERALDO PRODUCCIONES S.L.

15.000,00

20190147527

LIBRERIAS GRUPODIS S.L.

766,62

20190158202

MARQUITE PRODUCCIONES S.L.

10.643,84

20190201044

NOGUERAS BLANCHARD S.L.

1.072,59

20190082913

RERUM NATURA S.L.

726,73

20190090390

TEATRO CALDERÓN 1917 S.L.

15.000,00

20190090481

TEATRO LA LATINA S.A.

15.000,00

20190157329

THE FULANITA SISTERS S.L.

936,81

20190158003

YELMO FILMS S.L.

15.000,00

20190157906

YELMO FILMS S.L.

15.000,00

 

Contra el presente decreto que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2.- Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

3.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)".

 

Madrid, a 11 de julio de 2019.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, M.ª Carmen González Fernández.

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