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BOAM nº 9910 (30/06/2025)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

2606

Propuesta de Resolución provisional de 26 de junio de 2025 del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental, de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos (Cambia 360) 2025, aprobada por Decreto de 28 de marzo de 2025 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad.

A la vista del informe emitido por la Subdirección General de Energía y Cambio Climático en fecha 24 de junio de 2025, y con base en los siguientes,

 

ANTECEDENTES DE HECHO

 

PRIMERO.- Mediante Decreto de 28 de marzo de 2025, del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, publicado con fecha 7 de abril de 2025 en el BOAM número 9855 y el BOCM número 82, se aprobó la convocatoria de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos de la anualidad de 2025 (en adelante, convocatoria).

 

Las instalaciones de infraestructura de recarga susceptibles de recibir ayudas son las siguientes:

 

• Ámbito 1 - Destinadas a aparcamientos para residentes (PAR):

Preinstalaciones o instalaciones de infraestructura de recarga de baterías de vehículos eléctricos, en el caso de aparcamientos públicos para residentes de titularidad municipal (PAR), incluida la parte destinada a residentes de los aparcamientos de tipo mixto.

 

• Ámbito 2 - Destinadas a aparcamientos de uso residencial privado:

Preinstalaciones o instalaciones de infraestructura de recarga de baterías de vehículos eléctricos, en el caso de aparcamientos o estacionamientos colectivos en edificios existentes de uso residencial privado, de régimen de propiedad horizontal en comunidad de propietarios.

 

SEGUNDO.- El crédito destinado a esta convocatoria asciende a un millón de euros (1.000.000 €), con la distribución entre los ámbitos de la ayuda que se indica, contemplándose la posibilidad de redistribuir el presupuesto entre los diferentes ámbitos, en caso de que alguno de ellos no alcance el nivel de otorgamiento previsto, con el fin de maximizar el impacto y la aplicabilidad de la línea de ayudas en su momento:

 

- Ámbito 1. Aparcamientos para residentes (PAR): 750.000.

- Ámbito 2. Aparcamientos de uso residencial privado: 250.000.

 

TERCERO.- Durante el periodo de presentación de solicitudes, desde el 21 de abril de 2025 hasta el 23 de mayo de 2025, se han recibido 14 solicitudes de subvención, de las que 8 corresponden al Ámbito 1 y las 6 restantes al Ámbito 2.

 

CUARTO.- Con fecha 24 de junio de 2025 se ha emitido informe por la Subdirección General de Energía y Cambio Climático en el que se propone la concesión, denegación o desistimiento de todas las solicitudes de subvención recibidas.

 

A los anteriores antecedentes de hecho, resultan de aplicación los siguientes

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

PRIMERO.- De conformidad con lo estipulado en el artículo 27 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013 (en adelante OBRGS) y en el apartado 9.3 de la Convocatoria, la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental, en su condición de órgano instructor, debe formular la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que recoja las solicitudes estimadas, con el importe concedido, y las denegadas.

 

SEGUNDO.- Para obtener la condición de beneficiario de las ayudas constituye requisito indispensable no estar incurso en alguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 13 de la LGS, particularmente, hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, y en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con la Administración. De igual modo resulta necesario que los solicitantes propuestos como beneficiarios cumplan con todas y cada una de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la LGS y en los artículos 15.2 y 16 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (en adelante, OBRGS).

 

De este modo, de la presente propuesta se han excluido aquellas solicitudes que no reúnen dichos requisitos.

 

TERCERO.- Con base en el informe emitido por la Subdirección General de Energía y Cambio Climático de 24 de junio de 2025 se propone conceder 9 subvenciones, que se desglosan por ámbitos de la siguiente forma:

 

- «Ámbito 1. Aparcamientos para residentes (PAR)»: 5 beneficiarios.

- «Ámbito 2. Aparcamientos de uso residencial»: 4 beneficiarios.

 

Ámbito

Subvenciones (euros)

Ámbito 1. Aparcamientos para residentes (PAR)

618.949,68

Ámbito 2. Aparcamientos de uso residencial

144.422,73

TOTAL

763.372,41

 

En consecuencia, se han de denegar, por desistimiento o desestimación, un total de 5 solicitudes, que se desglosan por ámbitos de la siguiente forma:

 

- «Ámbito 1. Aparcamientos para residentes (PAR)»: 3 solicitudes.

- «Ámbito 2. Aparcamientos de uso residencial»: 2 solicitudes.

 

En virtud de lo anteriormente indicado, y de conformidad con el artículo 27 de la OBRGS y el apartado 9.3 de la Convocatoria que establece que el órgano instructor de esta línea de ayudas es la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Proponer la relación provisional de beneficiarios de la convocatoria de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos de la anualidad 2025, aprobada mediante el Decreto de 28 de marzo de 2025, del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, y los importes de las ayudas para cada uno de los ámbitos incluidos en la misma. Dicha relación se incorpora como anexo I a la presente propuesta.

 

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