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BOAM nº 9785 (23/12/2024)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

4560

Decreto de 19 de diciembre de 2024 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad por el que se resuelve la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos (Cambia 360) del ejercicio 2024, aprobada por Decreto de 4 de abril de 2024 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad.

Vista la propuesta de resolución definitiva de la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental de fecha 11 de noviembre de 2024, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid n.º 9.762, de fecha 19 de noviembre de 2024, así como su propuesta de fecha 12 de diciembre de 2024, de aprobación por el Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Decreto por el que se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos (Cambia 360) de la anualidad 2024, y con base en los siguientes

 

ANTECEDENTES DE HECHO

 

PRIMERO.- Mediante Decreto de 4 de abril de 2024 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, publicado en el BOAM n.º 9.608 y el BOCM n.º 84, ambos de 9 de abril de 2024, se aprobó la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos (Cambia 360) de la anualidad 2024.

 

Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán a la aplicación presupuestaria 001/150/172.11/789.00 denominada "Otras transferencias de capital a familias" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para el año 2024.

 

El crédito destinado a esta convocatoria asciende a UN MILLÓN DOSCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (1.250.000 €), distribuidos entre los ámbitos de la ayuda que se indican a continuación, contemplándose la posibilidad de redistribuir el presupuesto entre los diferentes ámbitos en caso de que alguno de ellos no contemple el nivel de otorgamiento previsto, con el fin de maximizar el impacto y la aplicabilidad de la línea de ayudas en su momento:

 

Ámbito 1. Aparcamientos para residentes (PAR): 750.000 €.

Ámbito 2. Aparcamientos de uso residencial privado: 500.000 €.

 

SEGUNDO.- El órgano instructor de la línea de ayudas es la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad.

 

TERCERO.- Mediante Resolución del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental de 20 de septiembre de 2024 (BOAM n.º 9.725, de 26 de septiembre de 2024) se propuso la relación provisional de beneficiarios de la convocatoria de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos (Cambia 360) de la anualidad 2024, y los importes de las ayudas para cada uno de los ámbitos incluidos en la misma, otorgándose un plazo de diez días para formular alegaciones.

 

CUARTO.- La Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental emitió propuesta de resolución definitiva en fecha 11 de noviembre de 2024 (BOAM n.º 9.762, de 19 de noviembre de 2024), en la que se modificaba la relación de solicitudes de ayudas que se proponía conceder y denegar con respecto a la relación recogida en la propuesta de resolución provisional una vez acreditado por algunos de los solicitantes la subsanación de las deficiencias informadas en la propuesta de resolución provisional, y se otorgaba un plazo de diez días hábiles a contar desde la publicación en el BOAM de la propuesta de resolución definitiva, para poder renunciar a las ayudas propuestas.

 

QUINTO.- En fecha 12 de diciembre de 2024, la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental propone que sea resuelta la mencionada convocatoria, toda vez que habiendo transcurrido el plazo de 10 días hábiles previsto en el apartado tercero del Dispongo de la propuesta de resolución definitiva de 11 de noviembre de 2024, no se han recibido manifestaciones de renuncias o desistimientos por parte de ninguno de los solicitantes propuestos como beneficiarios.

 

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

PRIMERO.- Tal y como se establece en el apartado 4.1 de la Convocatoria, en la concesión de estas ayudas se ha seguido el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva previsto en el artículo 26.5 a) de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013 (OBRGS), que no requiere órgano colegiado de valoración y que establece la prelación de las solicitudes de acuerdo con la fecha de presentación, dentro del plazo limitado en la convocatoria.

 

SEGUNDO.- A la vista del contenido de la propuesta de resolución definitiva del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental de 11 de noviembre de 2024, y una vez transcurrido el plazo previsto en el apartado tercero del Dispongo de dicha propuesta sin que se hayan recibido manifestaciones de renuncias o desistimientos de los solicitantes propuestos como beneficiarios, se ha de aprobar la relación de solicitudes a las que se concede la subvención, con el importe a otorgar, por cumplimiento de las condiciones y requisitos exigidos en la convocatoria, y se han de relacionar las solicitudes que resultan denegadas con expresión sucinta del motivo, al no reunir las condiciones y requisitos exigidos en la misma.

 

TERCERO.- Tal y como se establece en el artículo 28.3 de la OBRGS, en la resolución de la convocatoria se detallarán los compromisos asumidos por los beneficiarios. De acuerdo con lo previsto en el artículo 34 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS) y según se contempla en el apartado 10.3 de la Convocatoria, el plazo máximo del que dispondrán los beneficiarios para la finalización de la ejecución de las actuaciones subvencionables será de nueve meses desde la publicación de la resolución de la convocatoria, y el plazo máximo para la presentación de la justificación será de tres meses desde la conclusión del plazo para la finalización de la ejecución.

 

En el ejercicio de las competencias conferidas por el apartado 3.º1.9 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, de fecha 29 de junio de 2023, y de conformidad con el artículo 28 de la OBRGS y el apartado 15.2 de la Convocatoria que establece que corresponde al Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad su resolución,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Conceder 8 subvenciones, que se desglosan por ámbitos de la siguiente forma:

 

- «Ámbito 1. Aparcamientos para residentes (PAR)»: 8 personas beneficiarias, con un importe total de 1.222.768,99 €.

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