BOAM nº 9778 (12/12/2024)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
4360
Propuesta de Resolución de 10 de diciembre de 2024 del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental de declaración de pérdida del derecho de cobro de determinadas personas beneficiarias de la convocatoria de subvenciones destinadas a la renovación de vehículos particulares (CAMBIA 360) de la anualidad 2023.ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Mediante Decreto de 2 de marzo de 2023, del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, publicado en el BOAM número 9.340, de 27 de abril de 2022, y en el BOCM n.º 57, de 8 de marzo de 2023, se aprobó la convocatoria de subvenciones destinadas a la renovación de vehículos particulares (CAMBIA 360) de la anualidad 2023 (en adelante, Convocatoria).
SEGUNDO.- Mediante el Decreto del Delegado del Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad de 12 de junio de 2024 (BOAM n.º 9.654, de 17 de junio de 2024 y BOCM n.º 143, de 17 de junio de 2024) se resolvió dicha Convocatoria.
En ese decreto se establecía un plazo de cinco meses para la presentación de la justificación de las adquisiciones de vehículos objeto de subvención, que venció el 18 de noviembre de 2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Según se establece en el artículo 37.2 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013 (en adelante OBRGS), en los supuestos de pago de la subvención previa justificación de la misma, como es el caso de esta Convocatoria, el plazo de justificación será el que se establezca en la misma.
Así, en el apartado 12.3 se establece un plazo máximo de justificación de 5 meses desde la notificación de la resolución de concesión, haciendo mención expresa a que la falta de justificación en dicho plazo o la justificación incorrecta o incompleta, conllevará la pérdida del derecho al cobro de la subvención.
De conformidad con el artículo 40.5 de la OBRGS y con los apartados 13 y 15 de la Convocatoria, se producirá la pérdida del derecho de cobro cuando no se haya cumplido con la obligación de justificación en el plazo establecido para ello.
SEGUNDO.- La pérdida del derecho al cobro de la subvención viene motivada exclusivamente por la falta de presentación de la documentación justificativa, toda vez que el 18 de noviembre de 2024 venció el plazo máximo para justificar la adquisición de los vehículos por parte de las personas beneficiarias, sin que los afectados que figuran relacionados en la presente propuesta hayan presentado ningún tipo de documentación.
TERCERO.- Para mayor garantía de los derechos de las personas beneficiarias afectadas, se considera oportuno establecer un periodo de audiencia, con carácter previo a declarar la pérdida de su derecho al cobro de la subvención.
En su virtud, y de conformidad con el apartado 12.3 de la Convocatoria,
RESUELVO
PRIMERO.- Proponer la pérdida del derecho al cobro de las personas beneficiarias que figuran en la relación que se adjunta como Anexo a la presente propuesta.
SEGUNDO.- Otorgar un plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación de esta propuesta, a fin de que se puedan formular cuantas alegaciones estimen oportunas, con carácter previo a declarar la pérdida de su derecho al cobro de la subvención.
Para ello, deberán dirigirse a la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ya sea a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Madrid haciendo uso de Instancia General dirigida a ese organismo, (https://madrid.es/go/InstanciaGeneralNormalizada), ya sea a través de los registros electrónicos de otras administraciones públicas, o de las oficinas auxiliares en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid o de cualquier otra administración pública.
Madrid, a 10 de diciembre de 2024.- El Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental, José Amador Fernández Viejo.