BOAM nº 9121 (20/04/2022)
Distrito de Villa Vallecas
1135
Decreto de 6 de abril de 2022 de la Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas por el que se consideran inadmitidas y desistidas de las solicitudes de subvención relativas a la convocatoria pública de subvenciones de Fomento del Asociacionismo del Distrito de Villa de Vallecas correspondientes a la anualidad 2022.La Concejal Presidente de este Distrito, con fecha 6/4/2022, y en virtud de las atribuciones conferidas por delegación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 25 de julio de 2019, ha dispuesto el siguiente
DECRETO
"Número de expediente: 120/2022/00113.
Considerar inadmitida de su solicitud de subvención a la entidad Avancemos Nuevo Rumbo, en la modalidad de proyectos, toda vez que la entidad presentó un presupuesto en la solicitud de subvención para la modalidad de proyectos superior a los límites establecidos en el artículo 2.2 de las Bases de la Convocatoria".
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición del recurso sin haberse notificado resolución expresa, podrá considerar desestimado el mismo al objeto de interponer, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se entienda desestimado el mismo, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, o esperar a su resolución expresa.
II.- Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto.
Madrid, a 6 de abril de 2022.- La Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas, Concepción Chapa Monteagudo.