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BOAM nº 10239 (22/10/2026)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

3988

Decreto de 20 de octubre de 2026 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad por el que se resuelve la convocatoria pública de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad sostenible en la distribución urbana de mercancías (Cambia 360) de la anualidad 2025.

A la vista del informe propuesta emitido con fecha 5 de octubre de 2026 por la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad, en el que se manifiesta la adecuación de la misma a la normativa aplicable, y con base en los siguientes

 

ANTECEDENTES DE HECHO

 

PRIMERO.- Mediante Decreto de 28 de marzo de 2025 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM) y Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el 7 de abril de 2025, se aprobó la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad sostenible en la distribución urbana de mercancías (Cambia 360) de la anualidad 2025 (en adelante, convocatoria).

 

Las subvenciones que se conceden al amparo de esta convocatoria se imputarán a la aplicación presupuestaria 001/150/441.10/779.99, denominada "Otras subvenciones a empresas privadas", o equivalente, del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid.

 

Según lo previsto en el apartado 3.2 de la convocatoria, el crédito destinado a la misma asciende a setecientos cincuenta mil euros (750.000 €), con la siguiente distribución:

 

Grupo 1.º:

- 670.000 € para furgonetas y camiones ligeros, categorías N1 y N2 con los Ámbitos 1 "0 emisiones", 2 "ECO" y 3 "C".

- 70.000 € para el Ámbito 4 "Dispositivos de producción de frío".

 

Grupo 2.º:

- 10.000 € para el Ámbito 5 "Bicicletas eléctricas, ciclomotores eléctricos, motocicletas eléctricas, y cuatriciclos eléctricos".

 

SEGUNDO.- La Directora General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad aprobó el 2 de julio de 2026 (BOAM de 7 de julio de 2026), la propuesta de resolución provisional de la convocatoria, en la que se incluía la relación de personas beneficiarias y los importes de las ayudas, otorgándose un plazo de diez días para formular alegaciones.

 

TERCERO.- Mediante propuesta de Resolución Definitiva de la Directora General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad de 25 de agosto de 2026 (BOAM de 1 de septiembre de 2026), se propuso la relación definitiva de personas beneficiarias de la convocatoria y los importes de las ayudas, así como la relación definitiva de solicitudes desestimadas.

 

De acuerdo con lo establecido en el artículo 27.3 de la de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013 (OBRGS), y en el apartado 12.4 de la convocatoria, se consideraría aceptada la concesión de la subvención si en un plazo de diez días hábiles, a contar desde su publicación en el BOAM, no hubieran manifestado su renuncia u oposición a la subvención.

 

Habiendo transcurrido el plazo indicado en el párrafo anterior, no se ha recibido manifestación de renuncia o desistimiento por parte de ningún interesado.

 

A los anteriores antecedentes de hecho, resultan de aplicación los siguientes

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

PRIMERO.- Según se establece en el apartado 4.1 de la convocatoria, en su tramitación se seguirá el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, previsto en el artículo 26.5.a) de la OBRGS, otorgándose las ayudas a las solicitudes que cumplan con todos y cada uno de los requisitos establecidos, y por orden de presentación, hasta agotarse el presupuesto disponible, o bien, hasta que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

 

Existe crédito adecuado y suficiente para atender la totalidad de solicitudes presentadas que cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria, por lo que no es necesario fijar una prelación entre las solicitudes que reúnen los requisitos para la asignación de fondos.

 

SEGUNDO.- La Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad, órgano instructor de esta línea de ayudas, propone conceder 45 subvenciones, por un importe agregado de 475.566,40 €, con el siguiente desglose:

 

- Ámbito 1. «0 emisiones»: 33 beneficiarios por importe de 393.566,40 €.

- Ámbito 2. «ECO»: 11 beneficiarios por importe de 77.000 €.

- Ámbito 3. «C»: 1 beneficiario por importe de 5.000 €.

 

Asimismo, propone desestimar y no conceder 21 solicitudes, por no reunir las condiciones y requisitos exigidos en la convocatoria, con expresión sucinta del motivo.

 

Con base en lo anterior, y de conformidad con el informe propuesta de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad en el que se manifiesta la adecuación de la misma a la normativa aplicable, en el ejercicio de las competencias conferidas por el apartado 3.1.9 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, de 29 de junio de 2023, y de conformidad con el artículo 28 de la OBRGS y el apartado 13 de la convocatoria,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Resolver la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad sostenible en la distribución urbana de mercancías (Cambia 360) de la anualidad 2025 y aprobar la relación de personas beneficiarias y los importes de las ayudas para cada uno de sus ámbitos, que se incorpora como anexo I.

 

En dicho anexo se incluyen 45 subvenciones, por un importe agregado de 475.566,40 €, con el siguiente desglose:

 

- Ámbito 1. «0 emisiones»: 33 beneficiarios por importe de 393.566,40 €.

- Ámbito 2. «ECO»: 11 beneficiarios por importe de 77.000 €.

- Ámbito 3. «C»: 1 beneficiario por importe de 5.000 €.

 

SEGUNDO.- Desestimar y no conceder las 21 solicitudes restantes, que se incorporan en el anexo II, por los motivos especificados, al no reunir las condiciones y requisitos exigidos en la convocatoria.

 

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