BOAM nº 9644 (03/06/2024)
Ayuntamiento Pleno
1856
Acuerdos de la sesión (4/2024) ordinaria del Pleno celebrada el día 30 de abril de 2024.IV. PARTE DE INFORMACIÓN, IMPULSO Y CONTROL (Subapartado 1)
Preguntas
Punto 5. Se sustancia la pregunta n.º 20248000404, formulada por el concejal don Francisco Javier Ortega Smith-Molina, portavoz del Grupo Municipal Vox, dirigida al alcalde, interesando conocer las medidas que va a adoptar el consistorio en relación con "las consecuencias jurídicas correspondientes derivadas de la confirmación por parte del Tribunal Supremo de la ilegalidad del Grupo Mixto del Ayuntamiento de Madrid".
Punto 6. Se sustancia la pregunta n.º 20248000407, formulada por la concejala doña Reyes Maroto Illera, portavoz del Grupo Municipal Socialista de Madrid, dirigida al alcalde, interesando conocer "cómo está garantizando el gobierno municipal el cumplimiento de la legalidad urbanística en la ciudad de Madrid".
Punto 7. Se sustancia la pregunta n.º 20248000409, formulada por la concejala doña Rita Maestre Fernández, portavoz del Grupo Municipal Más Madrid, dirigida al alcalde, interesando conocer cuándo considera "que va a bajar el precio de la vivienda en Madrid".
Punto 8. Se sustancia la pregunta n.º 20248000412, formulada por el concejal don Carlos Izquierdo Torres, portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular, dirigida al alcalde, interesando conocer "qué opinión le merecen los resultados de la encuesta sobre la calidad de los servicios que presta a los ciudadanos el Ayuntamiento de Madrid".
Punto 9. Se sustancia la pregunta n.º 20248000399, formulada por la concejala doña Enma López Araujo, portavoz adjunta del Grupo Municipal Socialista de Madrid, con el visto bueno de su portavoz, dirigida a la delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, interesando conocer, "a la vista de la Sentencia del TSJM que anula la Ordenanza de Terrazas", si "piensa el gobierno municipal replantearse su forma de actuar".
V. PARTE RESOLUTIVA (Subapartado 2)
Propuestas de la Junta de Gobierno, de sus miembros y de los demás concejales con responsabilidades de gobierno
COMISIÓN PERMANENTE ORDINARIA DE URBANISMO, MEDIO AMBIENTE Y MOVILIDAD
Punto 10. Aprobar provisionalmente, con estimación parcial y desestimación de las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública, la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, para la creación del Área de Planeamiento Específico 10.24 "Paseo de la Ermita del Santo", que incluye la delimitación de una única Unidad de Ejecución. Distrito de Latina.
Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:
"PRIMERO.- Estimar parcialmente y desestimar las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública, en los términos recogidos en el informe de la Dirección General de Planeamiento de 15 de abril de 2024. Dicho informe estará a disposición de los alegantes y de los ciudadanos en general, formando parte de la documentación que se publique en la página de transparencia del Ayuntamiento de Madrid, una vez que el planeamiento se apruebe definitivamente.
SEGUNDO.- Aprobar provisionalmente, en los términos que figuran en el expediente, la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 para la creación del Área de Planeamiento Específico 10.24 "Paseo de la Ermita del Santo", Distrito de Latina, que incluye la delimitación de una única Unidad de Ejecución.
TERCERO.- Remitir el expediente de Modificación del Plan General de Ordenación Urbana a la Consejería competente en materia de ordenación urbanística de la Comunidad de Madrid, para que el órgano correspondiente lo apruebe definitivamente, si procede, conforme al artículo 57 e) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid".
Punto 11. Aprobar la corrección de un error material o de hecho advertido en las Normas Urbanísticas del Plan Especial para el edificio situado en la calle del Marqués de Riscal, número 12. Distrito de Chamberí.
Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:
"PRIMERO.- Rectificar, al amparo de lo dispuesto en el artículo 69 bis de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el error material o de hecho advertido en la numeración del articulado de las Normas Urbanísticas del Plan Especial para el edificio situado en la calle del Marqués de Riscal número 12, Distrito de Chamberí, descrito en el informe técnico-jurídico de la Dirección General de Planeamiento de 5 de abril de 2024. Se incorpora como anexo adjunto a este acuerdo el documento completo de Normas Urbanísticas con la numeración corregida.
SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid", con indicación de haberse procedido previamente al depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística, del modo establecido en los artículos 65, 66 y 69 bis de la Ley 9/2001, de 17 de julio".
El anexo al que se refiere el precedente acuerdo se incluye como apéndice II, relacionado con el punto 11 del orden del día.
Punto 12. Aprobar definitivamente en la redacción resultante de integrar la enmienda de corrección técnica n.º 20248000414 presentada por el Grupo Municipal del Partido Popular, una vez transcurrido el trámite de información pública sin que se hayan presentado alegaciones, el Plan Especial para el Control Urbanístico Ambiental de Usos para la parcela situada en la calle de Aránzazu, número 4, promovido por Xulivert, S.L. Distrito de Hortaleza.
Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:
"PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Plan Especial para el Control Urbanístico y Ambiental de Usos para la parcela situada en la calle de Aránzazu número 4, Distrito de Hortaleza, promovido por Xulivert, S.L., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.
SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid", en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística".