Saltar navegación

BOAM nº 8842 (08/03/2021)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

495

Decreto de 17 de febrero de 2021 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se aprueba la convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, de dos becas de investigación en la colección de la Biblioteca Digital MEMORIADEMADRID para el año 2021.

Vista la propuesta de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos de 10 de febrero de 2021, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en virtud de las facultades que me han sido delegadas por el artículo 3.1.9 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública que se adjunta, en régimen de concurrencia competitiva, de dos becas de investigación en la colección de la Biblioteca Digital memoriademadrid para el año 2021.

 

SEGUNDO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2.- Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

CONVOCATORIA PÚBLICA, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE DOS BECAS DE INVESTIGACIÓN EN LA COLECCIÓN DE LA BIBLIOTECA DIGITAL MEMORIADEMADRID PARA EL AÑO 2021.

 

Articulo 1. Objeto.

 

1. Mediante el presente decreto se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, dos becas de investigación en la colección de la Biblioteca Digital memoriademadrid para el año 2021.

 

Estas becas tienen como finalidad contribuir a la formación de profesionales que recientemente hayan completado sus estudios superiores en las disciplinas recogidas en el artículo 5.1.b) mediante el apoyo y tutelaje en la elaboración de un proyecto de investigación en materia de difusión de las colecciones que actualmente forman parte del fondo de Biblioteca Digital memoriademadrid.

 

2. La Biblioteca Digital memoriademadrid es una entidad cuya finalidad es la digitalización como medio de conservación y difusión del patrimonio municipal; la formación de una colección digital accesible a través de internet; y su difusión mediante la elaboración de contenidos atractivos para el gran público.

 

Es en esta última línea de trabajo en la que se enmarcan las presentes becas, que investigarán un determinado fondo de la colección digital que sirva como base al proyecto de gamificación propuesto por las personas candidatas en su solicitud, siendo este proyecto teórico susceptible de ser desarrollado en el futuro por la biblioteca.

 

Los proyectos podrán referirse bien a un tipo concreto de colección, o bien a una selección documental sobre un tema o momento concreto de la historia de la ciudad de Madrid, entre los disponibles a través del catálogo de la biblioteca en la web: www.memoriademadrid.es.

 

3. De acuerdo con el artículo 3.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, la gestión de esta convocatoria se llevará a cabo de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como de eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos.

 

Artículo 2. Periodo subvencionable.

 

La duración de las becas será de cuatro meses ininterrumpidos. El periodo de disfrute de las becas comenzará el 1 de junio de 2021 o, en caso de que el decreto de concesión no se apruebe antes del 15 de mayo, desde la fecha que se indique en dicho el decreto.

 

Artículo 3. Características específicas de la convocatoria.

 

1. Las becas tendrán carácter de investigación y, a tal fin, a las personas becadas se les asignará un/a tutor/a que definirá y supervisará su desarrollo. El/la tutor/tutora, designado/a por la persona titular de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos será personal municipal.

 

2. La dotación de cada beca será de 6.000,00 euros, correspondiendo 1.500,00 euros a cada uno de los cuatro meses de trabajo. De dicho importe se efectuarán las correspondientes retenciones de IRPF y Seguridad Social en el momento del pago.

 

3. Las becas son directas, indivisibles e intransferibles.

 

4. La concesión y disfrute de estas becas, dado su carácter formativo, no supondrá establecimiento de relación contractual o estatutaria alguna, ni supondrá vinculación laboral o funcionarial entre el becario y el Ayuntamiento de Madrid. La cantidad que se abone a los becarios no tendrá la consideración de salario o remuneración, sino de ayuda económica para formación y no devengará derecho alguno a indemnización por finalización del programa.

 

Asimismo, estas becas no podrán suponer en ningún caso, el ejercicio de funciones, tareas o competencias correspondientes al personal funcionario o laboral del Ayuntamiento. Su disfrute tampoco tendrá la consideración de servicios previos ni de servicios efectivos, ni servirá como mérito para el acceso a la función pública ni para la adquisición de una relación laboral con ninguna Administración Pública o entidad vinculada o dependiente de ella.

 

5. El beneficiario de la beca no podrá disfrutar simultáneamente de cualquier otro tipo de beca o ayuda económica concedida por conceptos iguales o similares, aprobada por e cualesquiera Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales.

 

Subir Bajar