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BOAM nº 9230 (26/09/2022)
Área de Gobierno de Vicealcaldía

2703

Rectificación de errores materiales advertidos en la propuesta de resolución provisional de la convocatoria pública de subvenciones para la realización de proyectos de cooperación internacional en el marco de la superación y recuperación de los impactos de la COVID-19, para el ejercicio 2022, de fecha 2 de septiembre de 2022 del Director General de Cooperación y Ciudadanía Global.

Con fecha 7 de septiembre de 2022, ha sido publicada en el portal web del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 7 de septiembre de 2022 y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es, la propuesta de resolución provisional con sus anexos, de la convocatoria pública de subvenciones para proyectos de cooperación internacional en el marco de la superación y recuperación de los impactos de la COVID-19, para el ejercicio 2022, aprobada por Resolución de 2 de septiembre del Director General de Cooperación y Ciudadanía Global para que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la convocatoria, los interesados pudieran formular alegaciones, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de la publicación.

 

Asimismo, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 15 y 16 de la convocatoria, los solicitantes que figuren en esta propuesta con una cantidad idéntica a la solicitada y los que figuren con un importe inferior al solicitado, debían comunicar su aceptación o presentar la reformulación al proyecto si así lo considerasen, respectivamente, en el plazo de 10 días hábiles previsto en el párrafo anterior.

 

Reunida la Comisión de Valoración el 19 de septiembre de 2022, se comprueba la existencia de los siguientes errores materiales en la propuesta de resolución provisional formulada el día 2 de septiembre, a la vista del informe emitido por esta Comisión en la misma fecha:

 

1.- En el Anexo I, "Solicitudes propuestas para subvención":

 

a) Importe de la subvención a conceder a la Entidad Fundación del Valle, que asciende a 232.974,24 euros, y no a 340.149,98 euros. Conforme a lo previsto en los artículos 7.3 y 16 de las bases que rigen la convocatoria, el importe de 232.974,24 euros es el resultante de incrementar en 31.324,19 euros, el remanente disponible en la presente convocatoria con los fondos no distribuidos en la convocatoria pública de subvenciones para proyectos de educación para un desarrollo sostenible, los valores europeos y una ciudadanía global para el ejercicio 2022, a fin de poder atender la última solicitud propuesta para serle concedida la subvención, previa reformulación de la solicitud inicial por la entidad solicitante, de tal forma que el importe total acumulado de los proyectos subvencionables que han obtenido una mayor puntuación, en aplicación de los criterios de valoración recogidos en el artículo 6 de la convocatoria, asciende a un total de 5.981.324,19 euros. Dicho importe propuesto para concesión se encuentra condicionado a la declaración de disponibilidad de crédito, previa aprobación de las modificaciones presupuestarias que procedan.

b) La puntuación parcial con la que se ha valorado el proyecto "Fortaleciendo comunidades educativas en territorios de postconflicto en Colombia" presentado por la Fundación Entrecultura Fe y Alegría, en el apartado 6 que corresponde al criterio de valoración "Empleo de los recursos". Se ha valorado en 4,20 puntos, y no en los 3,80 transcritos.

 

2.- En el Anexo II, "Solicitudes para las que se propone su desestimación", la puntuación parcial con la que se ha valorado el proyecto "Mujeres, juventudes y personas LGTBI+, por el derecho a una vida libre de violencias y acceso a medios de reactivación económica para superar los impactos causados por la COVID-19, en 9 municipios de la zona costera de Usulután y San Vicente. El Salvador" presentado por la Asociación Entrepueblos: el apartado 5 "Contenido", se ha valorado en 11,80 puntos, y no en los 13,60 transcritos; y el apartado 7 "Sostenibilidad" se ha valorado con 2 puntos y no con los 3,80 transcritos.

 

La errónea transcripción de estas cifras se ha advertido en los Anexos I y II del acta de reunión de esta Comisión de Valoración de fecha 2 de septiembre de 2022, y han sido arrastradas al informe de este órgano colegiado, y a la posterior propuesta de resolución provisional del órgano Instructor de la misma fecha.

 

Asimismo se advierte que los errores padecidos en la transcripción de la puntuación obtenida en la valoración de los criterios 5, 6 y 7 en el caso de los proyectos presentados por las Fundaciones Entreculturas Fe y Alegria, y Asociación Entrepueblos, afectan a puntuaciones parciales y no a la valoración total obtenida por los proyectos valorados, que se refleja correctamente, de forma que la suma de los criterios parciales no coincide con la puntuación total obtenida.

 

En su virtud, de conformidad con el artículo 109.2 de la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en relación con el artículo 61 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, analizadas las solicitudes presentadas, y sin perjuicio de la posterior resolución de cualesquiera alegaciones que, en su caso, puedan presentarse dentro del plazo establecido en la convocatoria, por este Órgano Instructor se da conformidad al informe emitido por la Comisión de Valoración de fecha 19 de septiembre de 2022, en el sentido de:

 

1.- Rectificar los errores de hecho padecidos en la propuesta de resolución provisional de la convocatoria pública de subvenciones para proyectos de cooperación internacional en el marco de la superación y recuperación de los impactos de la COVID-19, para el ejercicio 2022, aprobada por Resolución de 2 de septiembre del Director General de Cooperación y Ciudadanía Global y en consecuencia:

a) Se propone conceder a la Entidad Fundación del Valle una subvención por importe de 232.974,24 euros, de conformidad con el artículo 7.3 en relación con el artículo 16 de la convocatoria, rectificando el importe de la subvención propuesta provisionalmente y que figura en el Anexo I de dicha propuesta, y a tal fin requerirle para que reformule la solicitud inicial presentada, ajustándola al nuevo importe de la subvención cuya concesión se propone, por ser éste inferior al del presupuesto del proyecto presentado. Dicho importe propuesto para concesión se encuentra condicionado a la declaración de disponibilidad de crédito, previa aprobación de las modificaciones presupuestarias que procedan.

b) Se rectifica la errónea transcripción de tres cifras en la puntuación parcial obtenida en la valoración de los criterios 5, 6 y 7 en el caso de los proyectos presentados por las Fundaciones Entreculturas Fe y Alegria, y Asociación Entrepueblos.

 

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