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BOAM nº 9296 (04/01/2023)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal

27

Resolución de 29 de diciembre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se modifica el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 36 plazas de Técnico/a de Gestión del Ayuntamiento de Madrid.

El Director General de Planificación de Recursos Humanos con fecha 2 de diciembre de 2022 (BOAM número 9.279, de 9 de diciembre de 2022) dispuso el nombramiento de los miembros del tribunal calificador de las pruebas selectivas convocadas el 27 de octubre de 2021 (BOAM número 9.006, de 29 de octubre de 2021), para la provisión de 36 plazas de la categoría de Técnico/a de Gestión del Ayuntamiento de Madrid.

 

D.ª María Gascuñana Villaseñor, vocal suplente del tribunal, ha presentado renuncia por estar incursa en causa de abstención conforme a lo dispuesto en el artículo 13.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, habiéndose propuesto, en su sustitución, a D.ª María del Rocío Mateos Coronado.

 

Corresponde al Director General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para efectuar el nombramiento de los miembros de los tribunales de selección, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 11º 1.2.c) del Acuerdo del 30 de enero de 2020 que modifica el Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (BOCM número 168, de 17 de julio 2019).

 

En ejercicio de las competencias atribuidas,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Modificar la composición del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 36 plazas de Técnico/a de Gestión del Ayuntamiento de Madrid, designado por resolución de fecha 2 de diciembre de 2022, en el siguiente sentido:

 

Nombrar a D.ª María del Rocío Mateos Coronado. como vocal suplente, en sustitución de D.ª María Gascuñana Villaseñor.

 

SEGUNDO.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica (www.madrid.es).

 

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2.º y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 29 de diciembre de 2022.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.

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